Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 23 de Septiembre de 2022, expediente CSS 023551/2018/CA002

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1

Expte nº: 23551/2018 ALB

Autos: “BUDEGUER JOSE ALEJANDRO c/ ANSES s/PRESTACIONES

VARIAS”

Sentencia Definitiva del Expte. Nº 23551/2018

Buenos Aires,

AUTOS Y VISTOS:

I.S. de autos que el actor inició demanda contra ANSeS, con el propósito de que se le reconociera el derecho a cobrar las sumas retroactivas de la Pensión Honorífica de Veterano de la Guerra del Atlántico Sur -que le fuera otorgada en los términos de la ley 23.848-, desde el 02 de abril de 1982.

  1. La magistrada interviniente realiza un análisis de la normativa aplicable al caso, formula una distinción entre el efecto declarativo que encierra la ley 23.848 en lo que respecta a la adquisición de la condición de veterano de guerra, y la operatividad del derecho que se reconocería con el dictado del decreto 2634/90, y consideró que no existían motivos suficientes para considerar discriminatorias las normas citadas.

    Asimismo, afirma que la ley no prevé expresamente su retroactividad al inicio del conflicto bélico, y rechaza el planteo de inconstitucionalidad formulado por la actora. En virtud de lo expuesto, rechazó la demanda. El actor, disconforme con lo resuelto,

    interpuso recurso de apelación y expresó agravios, conf. arts. 259 y 265 del C.P.C.C.N.

  2. Preliminarmente, y sin perjuicio de lo resuelto por esta Sala en fecha 26/08/2020, en atención a que la Sra. Jueza a quo ha ratificado lo actuado en fecha 31/08/21, y en virtud de los principios de celeridad y economía procesal, corresponde tener por expresados los agravios de la parte actora con la presentación de fecha 26/11/19, y por válido el traslado conferido en fecha 03/02/2020.

  3. En su memorial, la parte actora solicita que se revoque la sentencia de grado, sosteniendo que el referido pronunciamiento realiza una incorrecta apreciación de los hechos y un escueto análisis de la normativa aplicable. Asimismo, cita jurisprudencia, sostiene que lo que debe determinarse es desde cuándo se le adeuda la Fecha de firma: 23/09/2022

    Firmado por: VICTORIA PEREZ TOGNOLA, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: D.A., SECRETARIO DE PRIMERA INSTANCIA ADSCRIPTO

    Firmado por: A.C.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: V.P.P., JUEZ DE CAMARA

    pensión instituida por la ley 23.848 a los Veteranos de Guerra de Malvinas, reiterando su postura respecto de que correspondería sea abonada retroactivamente a la fecha de inicio del conflicto bélico. Seguidamente...

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