Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 22 de Noviembre de 2016, expediente CAF 000935/2014/CA001

Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación 935/2014 BRUNENGRABER, M.A. Y OTRO c/ EN -M DEFENSA- ARMADA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG Buenos Aires, 22 de noviembre de 2016.- SMZ Y VISTOS; El recurso extraordinario interpuesto por la demandada a fs.

87/95 vta. contra la sentencia de fs. 83, y la contestación de fs. 97/100 vta.; y, CONSIDERANDO:

  1. En la cuestión suscitada se halla controvertida la interpretación de una norma de carácter federal y la decisión de este Tribunal ha sido adversa al sentido que la recurrente le atribuye.

    En consecuencia, encontrándose configurada una cuestión federal apta para la procedencia del remedio intentado y toda vez que la resolución impugnada constituye una sentencia definitiva en los términos del art. 14 de la ley 48, corresponde conceder el recurso extraordinario en relación de dicha causal.

  2. Asimismo, no resulta procedente para la concesión del recurso extraordinario la pretendida arbitrariedad que se plantea, pues si bien no cabe la consideración de esa tacha por esta Sala, los eventuales defectos de juicio que se invocan sólo traducen una mera discrepancia con las cuestiones resueltas, lo cual no autoriza a descalificar el pronunciamiento dictado –suficientemente fundado- como acto judicial (Fallos: 270:116; 274:402; 275:45; 276:132; 300:200; 304:1633, entre otros).

  3. Por último, tampoco es admisible para la concesión del recurso la invocación de gravedad institucional, puesto que la eventual intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación no tiene por objeto satisfacer o reparar un interés institucional de la accionada, en cuanto dependencia del Estado Nacional y en el ámbito de las funciones que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR