Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 7 de Junio de 2000, expediente A C78255

PresidenteLaborde-Hitters-Pettigiani-Salas-Pisano
Fecha de Resolución 7 de Junio de 2000
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

.á78.255 "B., L. y ot. c/Te-ruggi de R., Ali-cia E. Ejec. hipotecaria. R.. de queja".

//P., 7 de junio de 2000.

AUTOS Y VISTO:

Que el pronunciamiento de la Cámara que en la etapa de cumplimiento de la sentencia dictada en un juicio de ejecución hipotecaria declara que las cuestiones planteadas se hallan alcanzadas por la inapelabilidad prevista en el art. 591 del Código Procesal Civil y Comercial, no reviste carácter de definitivo en los términos del art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial (conf. causas...

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