Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA, 18 de Febrero de 2016, expediente FMZ 056055076/2011/CA001
Fecha de Resolución | 18 de Febrero de 2016 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A 56055076/2011 BRIZUELA, JULIO CESAR Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL -
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS -GENDARMERIA NACIONAL s/REAJUSTES VARIOS Mendoza, 18 de Febrero de 2016.
AUTOS Y VISTOS:
Los presentes autos Nº 56055076/2011/CA1, caratulados:
BRIZUELA, JULIO CÉSAR Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS GENDARMERIA
NACIONAL p/ REAJUSTES VARIOS
, venidos a esta Sala “A” del Juzgado Federal n° 2
de San Juan, en estado de resolver sobre el recurso de apelación interpuesto a fs. 266/274
contra la resolución de fs. 261/263 y vta., por la cual se resuelve: “I) Hacer lugar a la
caducidad de instancia articulada por la demandada. II) Costas a la actora. III) Regular los
honorarios del Dr. C. en la suma de pesos Ochocientos Cincuenta ($ 850) y
para la Dra. M. en la suma de pesos Seiscientos ($ 600). IV) …”.
Y CONSIDERANDO:
I Que a fs. 266/274 la actora interpone recurso de apelación contra
la caducidad de los presentes autos resuelta por el aquo a fs. 261/263 y vta., solicitando se
revoque la misma.
Se agravia la actora por cuanto entiende que la sentencia dictada
resulta arbitraria y lesiona el derecho de sus mandantes en cuanto resuelve decretar la
caducidad de la instancia lesionando derechos constitucionales básicos que involucran
cuestiones salariales y alimentarias.
Agrega que no ha existido intención de abandonar el procedimiento,
y que las actuaciones se encontraban con una medida judicial trabada en razón del
Fecha de firma: 18/02/2016 Firmado por: J.A.G.M., H.F.C., C.A.P., J.T. y Jueces Subrogantes de la CFA Mendoza #8982892#147104671#20160215084847407 mejoramiento del sueldo de los actores, lo que a todas luces demuestra la intención de
continuar el desarrollo de la causa.
Por ultimo sostiene que la sentencia apelada encuadra dentro de los
parámetros de una sentencia arbitraria y que asimismo se han vulnerado garantías
constitucionales que ello involucra.
T. abundante doctrina y jurisprudencia y hace reserva
constitucional.
II. Que corrido el traslado de rigor la parte demandada contesta a fs.
276/278.
Manifiesta que la actora no cuestiona con asidero legal concreto los
fundamentos de la sentencia apelada y que solamente se opone a ella por resultarle contraria
a sus intereses, no logrando demostrar la interrupción del cuadro de inactivada exigido por la
caducidad de instancia.
Solicita se declare desierto el...
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