Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 5 de Julio de 2017, expediente CSS 084547/2010/CA001

Fecha de Resolución 5 de Julio de 2017
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 CAUSA Nº84547/2010 Sentencia Definitiva En la ciudad de Buenos Aires, reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos: : B.M.G. c/ LA CAJA ART S.A. s/LEY 24557 ; se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA NORA CARMEN DORADO DIJO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta S. en virtud del recurso deducido por la parte actora a fs. 49/50 en los términos del art. 46 inc. 1 de la ley 24557.

La Comisión Médica Central determinó que la naturaleza de la contingencia laboral que sufre la Sra. B. se corresponde con una enfermedad profesional la cual presenta 0.00% de incapacidad laboral.

El apelante se agravia por considerar que el organismo médico mencionado no valoró correctamente las patologías que le aquejan.

Conforme surge de fs. 60 de autos, el Tribunal dispuso como medida para mejor proveer la remisión de las actuaciones al Juzgado Federal de Tucumán. a fin de que previa revisación del actor y tomando en cuenta los agravios expresados por el mismo, efectúe un nuevo dictamen médico.

El profesional interviniente ratifica el informe emitido por la Comisión Medica Central obrante a fs. 43/47.

El dictamen comentado -consentido por las partes- , reúne los recaudos necesarios de una correcta peritación médica, enuncian claramente los hechos, están fundados, determinan con certeza el estado de salud del recurrente, valoran las constancias médicas obrantes en autos y fundan la opinión técnica a que llega con seriedad y objetividad científica (CPCCN, 477).

En consecuencia, voto por: 1) Confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central; 2) Imponer las costas en el orden causado en atención a que el actor pudo considerarse con...

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