Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 5 de Febrero de 2019, expediente CCF 002200/2014/CA001
Fecha de Resolución | 5 de Febrero de 2019 |
Emisor | Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa nº 2.904/2013/CA1 “British American Tobacco Brands Limited c/ P.M.B.S. s/Cese de Oposición al Registro de Marca”
Causa nº 2.200/2014/CA1 “British American Tobacco Brands Limited c/ P.M.B.S. s/Cese de Oposición al Registro de Marca”
Causa n° 2.096/2015 “British American Tobacco Brands Limited c/
P.M.B.S. s/Cese de Oposición al Registro de Marca”
Buenos Aires, 05 de febrero de 2019 AUTOS Y VISTOS:
Causa n° 2.904/2013/CA1 Contra los honorarios de la sentencia de fs. 355/365, se interpusieron los siguientes recursos: por bajos: 1°- a fs. 368, por los doctores F.N., M.F.N. y Miguel N.
Armando, 2°- a fs. 372/374, por la perito traductora, E.C.C., 3°- a fs. 376/377, por el perito traductor, P.A.A.; y por altos, 4°- a fs. 366, por la parte demandada.
Teniendo en cuenta la base regulatoria tomada por el Tribunal en este tipo de juicios (ver causas “Valydar” n°7288/03 del 20/05/2010 y “Nova” n°5794/11 del 31/10/2017) se elevan los honorarios regulados a los letrados de la parte actora, doctor Matías F.
Noetinger, a la suma de $ 87.500, doctor M.N.A., a la suma de $ 19.500 y doctor F.N., a la suma de $ 7.000 (art. 6, 7, 37 y 38 de la ley 21.839 modificada por la 24.432).
En atención a las cuestiones que fueron sometidas a estudio de los expertos designados en autos, a la calidad y extensión de sus Fecha de firma: 05/02/2019 Alta en sistema: 07/02/2019 Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #19707379#225108740#20190205125719839 dictámenes (ver fs. 310/328 y fs. 185/219 de la causa acumulada n°
2096/2015), se confirman los honorarios regulados al perito traductor, P.A.A. ($ 20.000), y a la perito traductora, E.C.C. (11, 61 UMA, correspondientes a $ 20.000)
Causa n° 2.200/2014/CA1 Contra los honorarios de la sentencia de fs. 185/195, se interpusieron los siguientes recursos: por bajos: 1°- a fs. 198, por los doctores F.N., y M.N.A., y por altos, 2°- a fs. 196, por la parte demandada; y, teniendo en cuenta las mismas pautas utilizadas en la regulación precedente, se elevan los honorarios regulados a los letrados de la parte actora, doctor F.N., a la suma de $ 88.000 y al doctor M.N.A., a la suma de $
26.000 (art. 6, 7, 37 y 38 de la ley 21.839 modificada por la 24.432).
Causa n° 2.096/2015 Contra los honorarios de la sentencia de fs. 246/256, se interpusieron los siguientes recursos: por bajos: 1°- a fs. 259, por el perito ingeniero en sistemas...
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