Breves consideraciones sobre garantías en la financiación en el 'common law'

AutorMarzorati, Osvaldo J.

Breves consideraciones sobre garantías en la financiación en el "common law"

Por Osvaldo J. Marzorati

1. Generalidades

Si bien la garantía es una forma establecida de apuntalar la financiación interna de préstamos, el otorgamiento de la garantía ha desempeñado un papel menos importante en la protección de los intereses de prestamistas internacionales. En el pasado, la ausencia de garantía para préstamos internacionales era quizás atribuible principalmente al hecho de que se hacía difícil la verificación de los derechos de garantía en el contexto internacional. Otra razón es que los prestatarios internacionales generalmente tienen envergadura suficiente como para tomar préstamos sobre su propio crédito. Por lo que respecta a las emisiones de títulos, los inversores comunes no se encuentran preparados para evaluar los méritos de una garantía interna y contemplan con aprensión el riesgo, la demora y los gastos que involucra su cumplimiento en el exterior. La ausencia de garantía se perpetúa debido a los alcances de la llamada prenda negativa en préstamos internacionales no garantizados.

Sin embargo, la garantía es corriente en préstamos marítimos y de proyectos, y no es infrecuente en otros contextos, incluso a nivel gubernamental.

Desde luego, no sería práctico efectuar un análisis detallado del derecho inter-

nacional sobre garantías en este contexto, y por lo tanto sólo se intentará un bosquejo de aspectos legales seleccionados de importancia práctica, y de algunas cuestiones de derecho internacional privado con fines de orientación general. Ex profeso se han omitido las...

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