Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 19 de Marzo de 2008, expediente Ac 102527

PresidenteHitters-Negri-Kogan-de Lázzari
Fecha de Resolución19 de Marzo de 2008
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 102.527 "B., Y.M.c.., N.. Régimen de visitas, Inc. de comp. entre J.. C.. y Com. nº 11 y T.. de Flia. nº 2 de Mar del Plata".

//Plata, 19 de Marzo de 2008.

AUTOS Y VISTO:

  1. La señora M.Y.B. demandó, ante el T.unal de Familia n° 2 de Mar del Plata, a la señorita N.N. -quien fuera declarada incapaz en los autos "N., N. V. s/ Insania" radicados en el J.ado en lo C.il y Comercial n° 11 de la misma jurisdicción-, solicitando un régimen de visitas para que la misma tenga contacto con su hijo, I.J.N., a quien la actora tenía bajo su guarda provisoria por disposición del T.unal de Menores n° 2 departamental.

    Relató que la mencionada fue abandonada por su madre a los ocho meses de edad, ejerciendo -desde entonces- la guarda que le fuera otorgada por el T.unal de Menores n° 1 de la misma localidad. Que fue designada como su curadora definitiva en la insania de referencia, cargo del que -tiempo después- fue removida, nombrándose como tal al señor J.M.. Narró que la accionada se retiró voluntariamente de su vivienda, dejando a su hijo con ella a quien no volvió a ver (fs. 28/29).

    Posteriormente, comparecieron la legitimada pasiva N. y el señor J.A.M., se notificaron de la demanda impetrada y solicitaron se agregue el expediente de insania a los fines de constatar su estado (fs. 36/37 vta.).

    Adunadas las copias certificadas del mismo (fs. 63/312), el órgano interviniente declaró su incompetencia por considerar que existió prevención del juez que entendía en la insania sobre la materia objeto de autos, y remitió las actuaciones al J.ado en lo C.il y Comercial n° 11 departamental (fs. 315/319).

    A su vez, este último no las aceptó y las elevó (fs. 337), originándose el conflicto a dirimir (art. 161 inc...

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