Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 30 de Octubre de 2019, expediente FPA 009740/2019/CA001

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 9740/2019/CA1 raná, 30 de octubre de 2019.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “BOVE, R.A. CONTRA ASOCIACIÓN MUTUAL SANCOR SALUD SOBRE AMPARO LEY 16986”, Expte. N° FPA 9740/2019/CA1, provenientes del Juzgado Federal Nº 2 de Paraná, y; CONSIDERANDO:

I- Que la actora promueve acción de amparo contra ASOCIACION MUTUAL SANCOR SALUD y requiere que se le otorgue en forma inmediata e integral la cobertura para la intervención quirúrgica bariátrica vía laparoscópica, a realizarse en el Sanatorio La Entrerriana de la ciudad de Paraná, por el equipo médico encabezado por el Dr. M.P., exámenes diagnósticos (pre y post quirúrgicos), suministro de medicamentos que resultaren necesarios,y seguimiento del tratamiento con el grupo multidisciplinario para terminar con éxito los controles posteriores a la cirugía.

A fs. 70/76 el a quo hace lugar a la acción promovida y dispuso que la Asociación Mutual Sancor Salud otorgue a la Sra. R.A.B., en forma inmediata e integral, la cobertura para la intervención quirúrgica bariátrica vía laparoscópica a realizarse en el Sanatorio “La Entrerriana S.A.” de la ciudad de Paraná por el equipo médico del Dr.

M.P. y las prestaciones detalladas en los Fecha de firma: 30/10/2019 Alta en sistema: 04/11/2019 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: E.S., Secretaria de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara #33906299#248359064#20191030125455973 “Considerandos” que anteceden. Impuso las costas a la demandada, reguló honorarios y tuvo presentes las reservas del caso federal efectuadas por las partes.

Contra dicha decisión, la demandada dedujo recurso de apelación a fs. 77/80 vta., el que fue concedido a fs. 81.

A fs. 82/87, contestó los agravios la parte actora y quedaron los presentes en estado de resolver a fs. 90 vta.

II-

  1. Que, en síntesis, a la accionada le provoca agravio que no se haya considerado el pedido de inadmisibilidad de la vía de amparo por cuanto no existe acto u omisión de su parte que lesione derechos y garantías reconocidas por la Constitución Nacional.

    Sostiene que no puede considerarse arbitraria la propuesta de la demandada de ofrecer la cobertura solicitada en la ciudad de Santa Fe y por un prestador de Sancor Salud y agrega que es la amparista quien debe acreditar la necesidad de contar con un prestador por fuera de la cartilla. Cita jurisprudencia al efecto. Finalmente se agravia por la imposición de costas. Mantiene la reserva del caso federal.

  2. Que la parte actora sostiene que los agravios vertidos por la accionada no tienen entidad suficiente para ser considerados y, por los fundamentos expresados, solicita su rechazo y la confirmación de la sentencia.

    Mantiene reserva del caso federal.

    III- Que en forma liminar corresponde señalar que este Tribunal considera que la...

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