Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 9 de Mayo de 2022, expediente CIV 073774/2018/CA003

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2022
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

73774/2018

BOUQUET ROLDAN, ALEJANDRO c/ GONZALEZ VENTOSO

RAMON Y OTROS s/HOMOLOGACION DE ACUERDO

Buenos Aires, 9 de mayo de 2022.- NR

AUTOS Y VISTOS:

Conforme surge de las constancias de autos, las presentes actuaciones fueron iniciadas por el Dr. Bouquet los fines de obtener la homologación del convenio de honorarios adjuntado con su escrito de inicio.-

Con fecha 9/12/2020 se dictó resolución en primera instancia,

en la que se impusieron las costas en el orden causado.- La decisión fue confirmada por este Tribunal el 7/5/2021 donde se distribuyeron las costas de Alzada en igual sentido.-

Luego, se dicta el decisorio del 25/11/2021, que es modificado por esta Sala el 14/3/2022, imponiéndose las costas en un 70% a cargo de los demandados y en un 30% a cargo del accionante.-

Asi las costas y sin perjuicio de la aclaratoria dictada, teniendo en consideración que el letrado beneficiario, actúa por derecho propio,

deberá el Juez de grado establecer si la regulación de honorarios de fecha 31/3/22 comprende únicamente las tareas vinculadas con la resolución del 25/11/2021, o en su caso, discriminar las que derivan de las actuaciones que culminaran con el decisiorio del 9/12/2020 y con la resolución del 25/11/2021, circunstancia que deberá ser notificada por cédula a todos los interesados.- Ello así por cuanto la petición que aquí se formula resulta fundamental para tratar los agravios y ponderar el monto de la retribución recurrida, así como para fijar los emoluentos correspondientes a la actuación cumplida ante esta Alzada.-

Fecha de firma: 09/05/2022

Alta en sistema: 10/05/2022

Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

A tales efectos, devuélvanse los autos a la Instancia de grado,

con cargo de oportuna elevación.-

Regístrese y notifíquese por Secretaría. Cumplido, comuníquese al CIJ y devuélvanse los autos a la Instancia de grado.- La Dra.

L.A. de B. no firma por hallarse en uso de licencia.-

Fecha de firma: 09/05/2022

Alta en sistema: 10/05/2022

Firmado por: C.M.K., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: J.B.F., JUEZ DE CAMARA

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