Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 11 de Abril de 2023, expediente FLP 008318/2021/CA001

Fecha de Resolución11 de Abril de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

La Plata, 11 de abril de 2023.

Y VISTOS: este expediente Nº 8318/2021/CA1,

caratulado “BORTEL, N.R. c/ ANSES s/ PENSIONES”,

proveniente del Juzgado Federal de Primera Instancia de Junín, para resolver el recurso de aclaratoria interpuesto con fecha 3 de abril de 2023 contra la resolución de esta Cámara Federal de Apelaciones obrante a fojas 173.

Y CONSIDERANDO QUE:

Se presenta en esta instancia el abogado D.J.F., en representación de la parte actora,

y solicita que se aclare la sentencia de esta Cámara Federal de Apelaciones de fecha 30 de marzo de 2023 en cuanto al plazo fijado en el Considerando VIII.

Frente a ello, toda vez que la presente causa no se trata de un caso de reajuste de haberes o de diferencias salariales, resulta razonable confirmar el plazo de cumplimiento de la sentencia en treinta (30)

días de quedar firme, fijado por el juez de origen.

Así lo ha resuelto esta Cámara Federal en los expedientes N° FLP 5382/2019/CA1, caratulado “FRONTERA

M.G. C/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA

SEGURIDAD SOCIAL S/ PENSIONES", del registro de la Sala I, fallo del 7 de febrero de 2023, y N° FLP 42277/2016,

caratulado “PEREYRA, ELISIA C/ ANSES S/ IMPUGNACIÓN

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA”, del registro de la Sala II,

fallo del 17 de febrero de 2022, entre otros.

Por ello, el Tribunal

RESUELVE:

Hacer lugar al recurso interpuesto estableciendo el plazo de cumplimiento de la sentencia en treinta (30) días de quedar firme, dejando debidamente aclarado que el Punto I de la parte resolutiva de la sentencia de esta Cámara Federal de Apelaciones de fecha 30 de marzo de 2023

deberá leerse “1) Confirmar la sentencia de primera instancia en lo que fuere motivo de agravio.”.

Fecha de firma: 11/04/2023

Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.F., SECRETARIO DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

Regístrese, notifíquese, devuélvanse las actuaciones de manera electrónica y comuníquese la remisión por DEO al juzgado interviniente.

R.A.L.A.C.Á.

JUEZ DE CÁMARA JUEZ DE CÁMARA

E.S.F.

SECRETARIO DE CÁMARA

Fecha de firma: 11/04/2023

Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: E.S.F., SECRETARIO DE CAMARA

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