Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 1 de Marzo de 2018, expediente CIV 067964/2013/CA001

Fecha de Resolución 1 de Marzo de 2018
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 67964/2013. B.C.A. c/ LA CABAÑA SA LINEA 242 Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN.

C/LES. O MUERTE)

Juz.91 A.B.

Buenos Aires, de marzo de 2018.- MH AUTOS Y VISTOS:

  1. Contra la resolución de fs. 333 según la cual se declarara la caducidad de la instancia, se alza la actora a fs. 334.

    Presenta su memorial a fs. 338/341, cuyo traslado no fue contestado.

  2. L., corresponde recordar que la producción de la caducidad de la instancia se halla supeditada a la concurrencia de determinados requisitos tales como la existencia de una instancia abierta, inactividad procesal absoluta o actividad carente de idoneidad jurídica, el transcurso del plazo legal y por último el pronunciamiento que la declare operada.

    El objeto del instituto reposa objetivamente en la necesidad de evitar que se eternicen los juicios y se acumulen los expedientes, sin otro resultado que el de abultar las estadísticas, mantener la incertidumbre de los litigantes y desvirtuar en los hechos un adecuado servicio de justicia (conf. CSJN Fallos 177:471).

    Así, la caducidad de la instancia conforma una herramienta que excede el mero interés de los litigantes -incluso del ocasionalmente favorecido por sus consecuencias- y no coarta los derechos constitucionales de propiedad y defensa en juicio, sino que constituye la reglamentación de su Fecha de firma: 01/03/2018 Alta en sistema: 20/03/2018 Firmado por: O.L.D.S., Juez de Cámara Firmado por: J.B.F., Juez de Cámara (subrogante)

    Firmado por: G.A.I., Juez de Cámara (subrogante)

    Sosa-Berizonce, en “Códigos ...”, T: IV-A-Pág.106 y sus citas, Ed. A.P.; F., C. en “Código Procesal”, T: I, pág. 771 y sus citas, Ed. Astrea).

    A su turno, y en la faz subjetiva, la caducidad se presenta como un típico hecho procesal, es decir, una conducta omisiva del litigante que provoca la extinción de la causa judicial obviando la carga de impulsar el procedimiento hacia su fin natural que es la sentencia (conf. F., C. -Arazi, R. en “Código procesal ...”, T:II, pág. 25, Ed. Astrea y E., I en “Caducidad de Instancia”, pág. 29, Ed.

    ...

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