Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 1 de Abril de 2022, expediente Rl 127200

PresidenteSoria-Kogan-Torres-Genoud
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2022
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

AUTOS Y VISTOS:

  1. El Tribunal de Trabajo n° 1 del Departamento Judicial de Lomas de Z. rechazó en todas sus partes la demanda deducida por S.S.B. contra Yantre S.R.L. en concepto de indemnización por despido y otros rubros de naturaleza laboral (v. pronunciamiento de fecha 22-II-2021).

    Para así decidir, juzgó que el accionante no aportó elementos suficientes para acreditar la prestación de tareas alegada en favor de la sociedad traída a juicio.

  2. Frente a lo así resuelto, el legitimado activo deduce recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. presentación electrónica de 5-III-2021), el que fue concedido por el a quo (v. resol. de 15-III-2021).

    Con denuncia absurdo y arbitrariedad en el análisis de los hechos y pruebas en que se fundó la sentencia, cuestiona la conclusión arribada sobre la inexistencia de vinculo laboral.

  3. El recurso no puede prosperar.

    III.1. L., se impone observar que el valor de lo cuestionado ante esta instancia extraordinaria -representado por el monto reclamado en la demanda- no supera el mínimo para recurrir fijado por el art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial, texto según ley 14.141, vigente al momento de la interposición del presente recurso, razón por la cual la admisibilidad del remedio en examen sólo puede justificarse en el marco de la excepción que contempla el art. 55, primer párrafo in fine, de la ley 11.653 (causas L. 124.764, "M.N., resol. de 16-XII-2020 y L. 125.463, "Maisonnave", resol. de 12-II-2021).

    En consecuencia, la función revisora de este Tribunal queda circunscripta a constatar si lo resuelto en autos contradice la doctrina legal, violación que se configura cuando la Suprema Corte ha establecido la interpretación de las normas que rigen la relación sustancial debatida en una determinada controversia y el fallo recurrido la transgrede, precisamente, en un caso similar (causas L. 125.864, "C., resol. de 21-XII-2020; L. 125.485, "M., resol. de 4-II-2021 y L. 125.787, "Galeani", resol. de 17-II-2021).

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