Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 9 de Agosto de 2006, expediente Ac 98309

PresidenteSoria-Hitters-Genoud-Kogan-de Lázzari
Fecha de Resolución 9 de Agosto de 2006
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac. 98.309 "B., O.. Insania y curatela. Inc. de competencia e/Tribunal de Familia nº 3 y Juzgado Civil y Comercial nº 5 de Lomas de Zamora".

//Plata, 9 de Agosto de 2006.

AUTOS Y VISTO:

  1. C.C.D. promovió el juicio de insania de su madre, O.B., por padecer de psicosis, alucinaciones y delirios con reiteradas amenazas de suicidio y homicidio, solicitando su radicación -por conexidad con los autos "D., P.S. s/ Insania" y "D., P.S. s/ Internación", hermano e hijo, respectivamente, de las mencionadas- en el Juzgado en lo Civil y Comercial nº 5 de Lomas de Zamora (fs. 38/43).

    El órgano interviniente se declaró incompetente en razón de la materia y envió las actuaciones a la Receptoría General de Expedientes departamental para su remisión al fuero de familia (fs. 46 y vta.).

    A su vez, el Tribunal de Familia nº 3 de la misma jurisdicción que las recibió, no aceptó la intervención atribuida y las elevó (fs. 77/78 vta.), originándose el conflicto que corresponde dirimir (art. 161 inc. 2, Constitución de la Provincia).

  2. Esta Corte, reiteradamente, ha dicho que ejerciendo los tribunales de familia competencia exclusiva en la materia (art. 827 inc. "n", Código Procesal Civil y Comercial), la misma sólo puede desplazarse a...

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