Boletín Oficial Nº 2913 - 8 de Octubre de 2010

Fecha de publicación08 Octubre 2010
Año2010
Número de Gaceta2913
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual Nº 187332
B O L E T Í N O F I C I A L
Provincia de La Pampa
REPÚBLICA ARGENTINA
Gobernador:………………………………………………………………….…...……C.P.N. Oscar Mario JORGE
Vice-Gobernador:………………………………………………………….................C.P.N. Luis Alberto CAMPO
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad: ……………………...………….. Dr. César Ignacio RODRIGUEZ
Ministro de Bienestar Social: ………………………………................ Lic. Gustavo R. FERNANDEZ MENDIA
Ministro de Salud:............................................................................................... Dr. Luis Alberto ORDOÑEZ
Ministro de Cultura y Educación: ……………………………………….............Prof. Néstor Anselmo TORRES
Ministro de la Producción:…………………………………….………..……......... Dr. Abelardo Mario FERRAN
Ministro de Hacienda y Finanzas:.............................................................C.P.N. Ariel RAUSCHENBERGER
Ministro de Obras y Servicios Públicos:.............................................…................... Sr. Paulo BENVENUTO
Secretario General de la Gobernación:.................................................................... Sr. Raúl Eduardo ORTIZ
Secretario de Derechos Humanos:………..……………………….….………....…… Sr. Héctor Rubén FUNES
Secretario de Asuntos Municipales:..................................................................................Sr. Rodolfo CALVO
Secretario Recursos Hídricos:.........................................................….................. Sr. Juan Pablo MORISOLI
Asesor Letrado de Gobierno:......................................................…...................Dra. Daniela Mónica VASSIA
Fiscal de Estado: ......................................................................…........................ Dr. José Alejandro VANINI
AÑO LVII - Nº 2913 Dirección: Sarmiento 335 SANTA ROSA, 8 de Octubre de 2010.-
Telefax: 02954- 436323 www.lapampa.gov.ar boletinoficial@lapampa.gov.ar
SUMARIO
Página
Decretos Sintetizados: (Nº 2137, 2156, 2157, 2307, 2308, 2315, 2319, 2322 y 2325)....................
Designaciones: (Nº 2320)…………………………………………………………………………………..
Ministerio de Gobierno, Justicia y Seguridad: (Res. Nº 298,303 y 311)………………………………
2094
2095
2095
Ministerio de Bienestar Social: (Res. Nº 707 a 716, 718 a 723, 725, 726, 729 a 731).....................
Coordinación de Fiscalización: (Disp. Nº 84 y 85)……………………………………………………….
Ministerio de Salud: (Res. Nº 2407 a 2411, 2413, 2415 a 2422, 2424, 2425, 2428 a 2440, 2443 a
2445, 2448 a 2457, 2464, 2469 a 2480, 2482, 2484 a 2493, 2498 a 2516, 2519 a 2521, 2536 a
2546, 2548, 2550, 2553 a 2556, 2559 a 2564, 2569 a 2573, 2575, 2578 a 2582, 2584 a 2591)….
Ministerio de Cultura y Educación: (Res. Nº 1271 a 1273)...............................................................
Ministerio de la Producción: (Res. Nº 540 a 554).............................................................................
Comité de Vigilancia Zona Franca La Pampa: (Res. Gral. Nº 26, 28 a 30)………………………….
Ministerio de Hacienda y Finanzas:
Dirección General de Rentas: (Res. Gral. Nº 29 y 30)..………………………………………………...
2095
2098
2098
2109
2109
2111
2111
Ministerio de Obras y Servicios Públicos: (Res. Nº 209)………………………………………………..
Secretaría General: (Res. Nº 168 y 176)………………………………………………………………
Secretaría de Asuntos Municipales: (Res. Nº 448 a 456)………………………………………………
Licitaciones:…………………………………………………………………………………………………..
Edictos:………………………………………………………………………………………………………..
Avisos Judiciales:..............................................................................................................................
Jurisprudencia Judicial:…………………………………………………………………………………..…
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:.............................................................................
2112
2112
2112
2113
2116
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2127
2128
Pág. N° 2094 Santa Rosa, 8 de Octubre de 2010 BOLETÍN OFICIAL N° 2913
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 2137 -05-IX-10- Art. 1º.- Declárase el
estado de Emergencia en el Establecimiento Asistencial
Lucio Molas, en función de ello, apruébase lo actuado por
el Ministerio de Obras y Servicios Públicos y determínese
la urgencia en la contratación de la obra:
―REPARACIÓNES Y ADECUACIONES DE
EMERGENCIA EN EL ESTABLECIMIENTO
ASISTENCIAL DOCTOR LUCIO MOLAS‖
Art. 2º.- Facúltase al Ministerio de Obras y
Servicios Públicos a contratar la obra aludida en el artículo
precedente por hasta la suma de ($ 257.500,00) y un plazo
de ejecución computado desde el día de abordaje de las
tareas- de 45 días corridos, encuadrando el procedimiento
en el Artículo 9 inciso ―c‖ de la Ley 38 ―General de Obras
Públicas‖, en omisión a la vista previa establecida en el
Artículo 2º del Decreto-Ley 513/69.-
Art. 3º.- Delégase en el MINISTERIO DE OBRAS
Y SERVICIOS PÚBLICOS la facultad de emisión de la
totalidad de los actos necesarios para la formalización del
contrato de obra respectivo conforme al Artículo 1º y 2º del
presente Decreto.-
Art. 4º.- Oportunamente dése intervención al
Tribunal de Cuentas de conformidad a lo establecido en el
Artículo 7º del Decreto-Ley Nº 513/69.-
Art. 5º.- Los gastos que demande el cumplimiento
del presente Decreto serán atendidos con cargo a las
partidas correspondiente del presupuesto en vigencia.-
Decreto Nº 2156 -16-IX-10- Art. 1º.- Autoríazase
a la Dirección General de Obras Púbicas, dependiente del
Ministerio de Obras y Servicios Públicos a convocar un
llamado a LICITACIÓN PÚBLICA para la ejecución de la
obra: "AMPLIACIÓN Y REFACCIÓN ESCUELA N° 82 -
MACACHIN - LA PAMPA" conforme al Presupuesto Oficial
que asciende a la suma de $ 925.000,00 con valores al
mes de Mayo de 2010 y un plazo de ejecución de 240 días
corridos, encuadrando el procedimiento en las
disposiciones del Artículo 9° - primer párrafo - de la Ley
General de Obras Públicas N° 38 y sus modificatorias.-
Art. 2º.- Fíjase el día 19 de Octubre de 2010 a las
10:00 horas para el acto de apertura de las propuestas en
la sede de la Dirección General de Obras Públicas,
debiéndose cursar las invitaciones correspondientes a
Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado.-
Art. 3º.- El gasto que demande la ejecución de la
obra será imputado de la siguiente manera: $ 350.000,00
a: Carácter 0 - Jurisdicción R - Unidad de Organización 12
- Cuenta 1 - Finalidad y Función 520 - Sección 02 -
P.P.051 - p.p.02 Subparcial 02 - Clase 00 - Subclase 125 -
"6236" - REPAR. ESC. - F.F.S. LEY 2477-, del
Presupuesto en vigencia y la diferencia faltante se
asignará al Presupuesto del año 2011, por lo cual deberá
darse cuenta a la Cámara de Diputados, según lo
establecido en el Artículo 1 0 de la Ley 3 de
Contabilidad.-
Decreto Nº 2157 -16-IX-10- Art. 1º.- Otórgase un
subsidio a favor de la "Asociación Cooperadora del
Hospital Doctor Lucio Molas", inscripta en el Registro de la
Dirección General de Superintendencia de Personas
Jurídicas y Registro Público de Comercio bajo matrícula N°
238 con sede en la ciudad de Santa Rosa, por la suma de
$ 80.000,00 para solventar parcialmente gastos de
funcionamiento de dicha Institución.-
Decreto Nº 2307 -17-IX-10- Art. 1º.- Acéptase a
partir de l 15 de septiembre de 2010, la renuncia
presentada para acogerse a los beneficios de la Jubilación
Ordinaria, por la Doctora Rosa Elvira VAZQUEZ, LC. Nº
9.994.549, Clase 1943, al cargo de Ministro del Superior
Tribunal de Justicia, dejando constancia que la misma se
encuentra condicionada al otorgamiento de dicho
beneficio.-
Decreto Nº 2308 -17-IX-10- Art. 1º.- Apruébase
el contrato de locación de se rvicios, equiparado a la
Categoría 14 (Rama Administrativa) -Ley 643- a
suscribir entre el Secretario General de la Gobernación y
la señora Agustina PAZ GONZALEZ -D.N.I.
30.727.261 -Clase 1984-, que como anexo forma part e del
presente Decreto de conformidad a lo previsto en los
artículos 3° y 4 ° de la Ley N° 643.-
La contratación aprobada precedentemente,
tendrá vigencia entre la fecha del presente Decreto y
hasta el 31 de diciembre de 2010.-
Decreto Nº 2315 24-IX-10- Art. 1º.- Sustitúyase
el artículo 3º del Decreto Nº 161/2 008, el que quedará
redactado de la siguiente manera: ―Artículo 3º.- En
cumplimiento de lo establecido por el artículo 3º de la Ley
Nº 2392, lo s Municipios beneficiarios deberán formular
semestralmente la rendición de la inversión realizada
mediante los formularios previstos en las plantillas anexas
I y II, que forman parte del presente decreto.
Dicha información deberá ser aprobada por resolución del
Órgano Ejecutivo Municipal y comunicada
fehacientemente al Honorable Concejo Deliberante.
Ambos actos serán presentados a la Secretaría de
Asuntos Municipales al 31 de agosto y 15 de marzo de
cada año por el primer y segundo semestre del año,
respectivamente. Las rendiciones de las Comisiones de
Fomento se realizarán de igual manera, debiendo ser
aprobadas por resolución‖.-
Art. 2º.- Las formalidades previstas en el artículo
anterior serán de aplicación a partir de la rendición
correspondiente al primer semestre del corriente año.- (S/
Expte. Nº 1110/08).-
Decreto Nº 2319 -28-IX-10- Art. 1º.- Apruébase
lo actuado en el Expediente N° 10038/10, y Convenio
obrante a fojas 11 y 12, suscripto por el Poder Ejecutivo y
la Municipalidad de Jacinto Arauz, por el cual se destina
BOLETÍN OFICIAL N° 2913 Santa Rosa, 8 de Octubre de 2010 Pág. N° 2095
un aporte no reintegrable por la suma de $ 250.000,00
destinado a la obra "Mejoramiento de Cementerio Local".-
Decreto Nº 2322 -29-IX-10- Art. 1º.- Autorízase a
Tesorería General de la Provincia, previa intervención de
la Contaduría General, a anticipar a las Comunas que se
mencionan a fojas 5, del Expediente N° 10099/10, la suma
total de $ 1.668.000,00, en concepto de coparticipación
impositiva, importe que se tomará de la cuenta corriente
N° 5323/3 -Fondo Neto Disponible-, destinados a atender
desequilibrios financieros, en un todo de acuerdo a lo
establecido en el Artículo 54 de la Ley N° 1889.-
Decreto Nº 2325 29-IX-10- Art. 1º.- Transfiérase
la suma de $ 1.514.780,34, a favor de las Comunas que se
detallan en el anexo que forma parte integrante del
presente Decreto, las sumas que en cada caso se
consignan, en concepto de 8º, 9º y 10º cuota, destinadas a
solventar el gasto que demande la ejecución del Programa
PRO-VIDA COMEDORES 2.010.-
ANEXO
Programa PRO-VIDA COMEDORES 2.010
Localidad
Importe
25 de Mayo
$
16.779,00
Adolfo Van Praet
$
4.386,00
Alpachiri
$
7.842,00
Alta Italia
$
5.472,00
Anguil
$
27.000,00
Arata
$
17.472,00
Ataliva Roca
$
5.286,00
Bernardo Larroudé
$
12.054,00
Bernasconi
$
9.846,00
Caleufú
$
21.336,00
Carro Quemado
$
9.817,50
Catrilo
$
16.776,00
Ceballos
$
7.960,50
Colonia Barón
$
13.680,00
Colonia Santa Teresa
$
12.452,49
Conhelo
$
6.930,00
Coronel Hilario Lagos
$
6.564,00
Doblas
$
5.652,00
Dorila
$
5.472,00
Eduardo Castex
$
52.896,00
Embajador Martini
$
5.832,00
General Acha
$
54.354,00
General M. Campos
$
4.560,00
General Pico
$
179.202,00
Gobernador Duval
$
3.300,00
Guatrache
$
8.574,00
Ingeniero Luiggi
$
29.868,00
Intendente Alvear
$
45.780,00
Jacinto Arauz
$
12.749,49
La Adela
$
28.679,01
La Maruja
$
19.908,00
Lonquimay
$
13.680,00
Loventué
$
2.400,00
Luan Toro
$
12.672,00
Macachín
$
24.990,00
Maisonnave
$
5.184,00
Mauricio Mayer
$
4.320,00
212/1
Metileo
$
17.306,01
172/7
Miguel Cané
$
6.204,00
014/1
Miguel Riglos
$
13.680,00
084/4
Monte Nievas
$
3.282,00
184/2
Parera
$
19.884,00
104/0
Perú
$
632,52
092/7
Puelches
$
5.550,00
173/5
Quemú Quemú
$
30.828,00
187/5
Rancul
$
68.808,00
197/4
Realicó
$
39.216,00
174/3
Relmo
$
3.780,00
015/8
085/1
Rolón
Rucanelo
$
$
6.204,00
3.024,00
053/9
Santa Isabel
$
27.180,00
024/0
Santa Rosa
$
288.000,00
154/5
Speluzzi
$
5.198,40
125/5
Telén
$
15.504,00
204/8
Toay
$
101.424,00
213/9
Trenel
$
47.058,00
226/1
Unanue
$
1.106,91
044/8
Uriburu
$
11.916,00
066/1
Vértiz
$
18.840,51
126/3
Victorica
$
37.212,00
176/8
Villa Mirasol
$
9.360,00
087/7
Winifreda
$
11.856,00
TOTAL
$ 1.514.780,34
DESIGNACIONES
Decreto Nº 2320 -28-IX-10- Art. 1º.- Desígnase,
Vocal del Tribunal de Cuentas, al Abogado José Roberto
SAPPA, D.N.I. N° 20.885.004, Clase 1969.-
MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y
SEGURIDAD
Res. Nº 298 -23-IX-10- Art. 1º.- Acuérdase un
aporte no reintegrable por la suma de $ 15.000,00, a la
Municipalidad de Carro Quemado -121-4, en virtud de
gastos ocasionados en su ejido.-
Res. Nº 303 -29-IX-10- Art. 1º.- Acuèrdase un
aporte no reintegr able por la suma de $ 10.000 a la
Municipalidad de General Pico -153-7, en virtud de gastos
ocasionados en su ejido.-
Res. Nº 311 -1-X-10- Art. 1º.- Acuérdase un
subsidio a favor de la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES
DE CUERPOS DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE LA
PROVINCIA DE LA PAMPA, con domicilio en la localidad,
de Guatraché por la suma de $ 30.000,00, destinado a
gastos de funcionamiento.-
MINISTERIO DE BIENESTAR SOCIAL
Res. Nº 707 -28-IX-10- Art. 1º.- Acuérdanse
subsidios por la suma de $ 6.580,00, a favor de los padres
y tutores de los menores y adolescentes, de la ciudad de

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