Boletín Oficial Nº 2681 - 28 de Abril de 2006

Fecha de publicación28 Abril 2006
Año2006
Número de Gaceta2681
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual Nº 187332
B O L E T I N O F I C I A L
Provincia de La Pampa
REPUBLICA ARGENTINA
Gobernador: ....................................................................................... Ing. Carlos Alberto VERNA
Vice-Gobernador:....................................................................... Prof. Norma Haydee DURANGO
Ministro de Gobierno, Justicia y Seguridad: ...........................................Dr. Juan Carlos TIERNO
Ministro de Bienestar Social: .............................................................Dr. Rodolfo Mauricio GAZIA
Ministro de Cultura y Educación:..........................................Prof. María de los Angeles ZAMORA
Ministro de la Producción: .......................................................Dr. Ricardo Horacio MORALEJO
Ministro de Hacienda y Finanzas:............................................ C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO
Ministro de Obras y Servicios Públicos..............................................Ing. Julio Néstor BARGERO
Secretario General de la Gobernación:................................................. Ing. Juan Ramón GARAY
Secretario de Asuntos Municipales.............................................................. Sr. Rodolfo CALVO
Secretario Recursos Hídricos............................................................... Sr. Juan Pablo MORISOLI
Asesor Letrado de Gobierno:.............................................. Dr. Raúl Omar Osvaldo ARAGONES
Fiscal de Estado: ..................................................................................Dr. José Alejandro VANINI
Dirección : Sarmiento Nº 335 Telefax 02954- 436323 www. lapampa.gov.ar
AÑO LIII - Nº 2681 SANTA ROSA, 28 de Abril de 2006.-
S U M A R I O
Página
LEY Nº 2248: Aprobando Convenio celebrado el 01 del mes de Febrero de 2006, entre la
la Provincia de La Pampa y la Municipalidad de General Pico….…………….. 762
LEY Nº 2250: Creando una Comisión Especial para la actualización y/o definición de una
Ley de Contabilidad…………..…………………………………………………….. 763
Decretos Sintetizados: (Nros. 21, 82, 561 a 584, 587 a 589, 591 a 597 y 600).……….……… 763
Ministerio de Bienestar Social: (Res. Nros. 873, 876, 878 a 888, 890, 891, 893 a 895, 897 a
899, 901 a 906, 909, 911, 913, 919, 921, 923, 926 a 930,
934 a 937, 939, 940, 943, 944, 946 y 948)….…………… 768
Ministerio de la Producción: (Res Nros. 148, 152, 156, 157 y 159)……………………………... 772
Subsecretaría de Industria y Comercio
Dirección de Minería: (Disp. Minera Nro. 30).……………………………………………………… 773
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Subsecretaría de Hacienda
Dirección General de Rentas: (Res. Gral. Nro. 17)…………….…………………………………… 773
Contaduría General: (Res. Nros. 63 a 65, 74, 75 y 92)…………………………………………….. 773
Ministerio de Obras y Servicios Públicos: (Res. Nros. 106 y 107)………………………………… 774
Secretaría de Asuntos Municipales: (Res. Nros. 063 a 077)………………………………………. 774
Fiscalía de Investigaciones Administrativas:……………………………….…….…………………. 776
Licitaciones:............................................................................................................................... 776
Avisos Judiciales:....................................................................................................................... 778
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:....................................................................... 789
Pág. N° Santa Rosa, 28 de Abril de 2006 BOLETIN OFICIAL 2681
762
LEY Nº 2248: APROBANDO CONVENIO CELEBRADO EL 01 DEL MES DE FEBRERO DE 2006,
ENTRE LA PROVINCIA DE LA PAMPA Y LA MUNICIPALIDAD DE GENERAL PICO.
LA CAMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
Artículo 1°.- Apruébase el Convenio
celebrado entre la Provincia de La Pampa y la
Municipalidad de General Pico, el día 01 del
mes de febrero del año 2006, sobre cesión a
título gratuito de un inmueble con destino a la
Estación Terminal de Omnibus, el cual forma
parte integrante de la presente Ley.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de
Diputados de la Provincia de La Pampa, en
Santa Rosa, a los seis días del mes de abril de
dos mil seis.
Prof. Norma Haydee DURANGO, Vicegoberna-
dora de La Pampa, Presidenta Cámara de
Diputados, Provincia de La Pampa - Dr. Mariano
Alberto FERNANDEZ, Secretario Legislativo,
Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.-
En la ciudad de Santa Rosa, a los 01 días del
mes de Febrero del año 2006, entre la
PROVINCIA DE LA PAMPA, representada en
este acto por el Sr. Gobernador, Ing. Carlos
Alberto VERNA, en adelante "LA PROVINCIA",
con domicilio en el Centro Cívico de la ciudad de
Santa Rosa, Provincia de La Pampa, por una
parte y por la otra la Municipalidad de General
Pico, representada por el Sr. Intendente
Municipal Cdor. Luis Alberto Campo, en
adelante denominada “LA MUNICIPALIDAD”,
con domicilio en Avda. San Martín N° 451 de la
ciudad de General Pico (L.P.), por la otra parte,
celebran el presente Convenio de Cesión de
Derechos sujeto a las siguientes cláusulas y
condiciones:
PRIMERA: LA PROVINCIA cede y transfiere a
título gratuito a LA MUNICIPALIDAD de General
Pico el dominio sobre el inmueble sito en la
ciudad de General Pico, designado como
Parcela 1 de la Manzana 86, ubicada en el Lote
12, Fracción C, Sección 1, con una superficie de
17.941,60 m2, Nomenclatura catastral: Ejido
021, Circunscripción 1, Radio i, Mz 86, Parcela
1, Inscripción de Dominio: Matrículas 1-25.714 e
1-25715, N. E. 7.559/04, Partida N° 701.584.-
SEGUNDA: LA MUNICIPALIDAD acepta la
cesión del inmueble en la forma y condiciones
indicadas y en el estado en que se encuentra,
con todas las edificaciones y mejoras.
Asimismo, la Municipalidad se obliga a utilizar el
inmueble únicamente para el funcionamiento de
la estación Terminal de Omnibus.-
TERCERA: El presente Convenio sometido a la
aprobación de la Cámara de Diputados, en
virtud de los artículos 68 inciso 14, y 81 de la
Constitución Provincial, como así también al
Concejo Deliberante de la ciudad de General
Pico en virtud del artículo 36 inciso 28 de la Ley
N° 1597.-
CUARTA: LA MUNICIPALIDAD queda facultada
para licitar y convenir concesiones de uso de los
locales y/o prestaciones de servicios, conforme
a la normativa vigente.-
QUINTA: Con la sanción de la Ley respectiva,
se dará intervención al Escribano General de
Gobierno a los fines de la respectiva inscripción
Registral.-
SEXTA: Para todos los efectos de este
Convenio LA PROVINCIA fija su domicilio en el
Centro Cívico de la ciudad de Santa Rosa (L.P),
y LA MUNICIPALIDAD, en Avda. San Martín N°
451 de la ciudad de General Pico (L. P).-
En prueba de conformidad se firman tres
ejemplares de un mismo tenor y a los mismos
efectos en la ciudad de Santa Rosa, Provincia
de La Pampa.-
EXPEDIENTE N° 3892/06.-
SANTA ROSA, 19 de Abril de 2006
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Provincia, Dése al
Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase,
comuníquese, publíquese y archivese.-
DECRETO N° 585/06
Ingº. Carlos Alberto VERNA, Gobernador de la
Pampa - Ingº. Julio BARGERO, Ministro de
Obras y Servicios Públicos.-
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNA-
CION: 19 de Abril de 2006.-
Registrada la presente Ley, bajo el número DOS
MIL DOSCIENTOS CUARENTA y OCHO
(2.248).-
Ingº. Juan Ramón GARAY, Secretario General
de la Gobernación.-

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