Boletín Oficial Nº 2388 - 15 de Septiembre de 2000

Fecha de publicación15 Septiembre 2000
Año2000
Número de Gaceta2388
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual Nº 187332
B O L E T I N O F I C I A L
Provincia de La Pampa
REPUBLICA ARGENTINA
Gobernador: .................................................................................................... Dr. Rubén Hugo MARIN
Vice-Gobernador:........................................................................................ Dr. Heriberto Eloy MEDIZA
Ministro de Gobierno y Justicia: ................................................................Dr. César Horacio BALLARI
Ministro de Bienestar Social: ..................................................................... Sra. Marta Elena CARDOSO
Ministro de Cultura y Educación:................................................................. Prof. Miguel Angel TANOS
Ministro de la Producción: .............................................................. Ing. Agr. Néstor Ricardo ALCALA
Ministro de Hacienda y Finanzas:...................................................... C.P.N. Ernesto Osvaldo FRANCO
Secretario General de la Gobernación:.......................................................... Sr. Cándido Hipólito DIAZ
Asesor Letrado de Gobierno: ....................................................................... Dr. Pablo Luis LANGLOIS
Fiscal de Estado: .................................................................................... Dr. Pedro Mario ZUBILLAGA
Secretario de Obras y Servicios Públicos................................................. Ing. Raúl Víctor RODRIGUEZ
Dirección : Sarmiento nº 335 - Telefax 02954- 436323 - www. lapampa.gov.ar
AÑO XLVI - Nº 2388.- SANTA ROSA, 15 de Setiembre de 2000.-
SUMARIO
Página
Ley n° 1893: Sustitución del artículo 63 de la Ley N° 1.270 de Creación del Fuero de la Familia y
el Menor........................................................................................................................... 1182
Decretos Sintetizados: (Nros. 774, 1149, 1174 a 1227, 1229 y 1232)................................................... 1182
Ministerio de Gobierno y Justicia
Subsecretaría de Asuntos Municipales: (Disp. Nros. 120 a 124)............................................................ 1188
Ministerio de Bienestar Social: (Res. Nros. 799, 801, 802, 807, 811, 812, 830 a 833, 835, 837 y 838) 1189
Ministerio de Cultura y Educación: (Res. Nros. 227, 229, 254, 706, 728, 731, 732, 740 y 742)........... 1190
Ministerio de la Producción-Subsecretaría de Industria y Comercio
Dirección de Comercio Interior y Exterior: (Disp. Nros. 102 y 117)...................................................... 1191
Ministerio de Hacienda y Finanzas
Contaduría General: (Res. Nros. 272 a 276 y 283).................................................................................. 1191
Subsecretaría de Hacienda
Dirección General de Catastro: (Disp. Nros. 343 a 346, 348 a 350, 355, 360 a 362).............................. 1191
Instituto de Seguridad Social - DAFAS-: (Res. 45 a 47 y 371).............................................................. 1193
Licitaciones:............................................................................................................................................. 1193
Edictos de Mina:....................................................................................................................................... 1194
Avisos Judiciales:..................................................................................................................................... 1196
1082
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles..................................................................................... 1215
LEY N° 1893: SUSTITUCION DEL ARTICULO 63 DE LA LEY N° 1270 DE
CREACION DEL FUERO DE LA FAMILIA Y EL MENOR .-
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DE LA PAMPA
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1°.- Sustitúyese el Art. 63 de la Ley
1.270 por el siguiente texto:
“Artículo 63.- El Jue z que haya entregado en
guarda a un menor, deberá
controlar periódicamente que la misma se ejerza
debidamente, teniendo en cuenta el aspecto afectivo,
salud, alimentación, vestido, formación moral e
instrucción.
Dicho control podrá efectuarlo personalmente,
o delegando la función a los integrantes del equipo
técnico de su Juzgado”.-
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Honorable Cámara
de Diputados de la Provincia de La Pampa, en Santa
Rosa, a los díez días del mes de agosto de dos mil.
Dr. Heriberto Eloy Mediza, Presidente H. Cámara de
Diputados Provincia de La Pampa.
Dr. Estéban Javier Paz, Secretario Legislativo H.
Cámara de Diputados Provincia de La Pampa.
Expte. N° 6.993/00
Santa Rosa, 22 de Agosto de 2000
Por Tanto:
Téngase por LEY de la Provincia. Dése al
Registro Oficial y al Boletín Oficial, cúmplase,
comuníquese, publíquese y archívese.-
Decreto N° 1164
Dr. Rubén Hugo MARIN, Gobernador de La Pampa.
Dr. César Horacio BALLARI, Ministro de Gobierno y
Justicia. Sra. Marta Elena CARDOSO, Ministro de
Bienestar Social.
Asesoría Letrada de Gobierno, 22 de Agosto de 2.000.-
Registrada la presente Ley, bajo el número UN
MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES (1.893).-
Dr. Pablo Luis LANGLOIS, Abogado, Asesor Letrado
de Gobierno de la Provincia de La Pampa.-
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto N° 774 -7-VI-00- Art. 1°.-
Reestructúranse partidas del Presupuesto vigente de
acuerdo a lo establecido en las planillas obrantes de
fojas 2 a 206 del Expediente N° 1438/00.-
Decreto N° 1149 -18-VIII-00- Art. 1°.-
Tesorería General de la Provincia, previa intervención
de Contaduría General, anticipará a la Municipalidad
de Victorica, en concepto de coparticipación
impositiva, la suma de $ 60.000,-, importe que se
tomará de la cuenta corriente n° 5323/3 - Fondo Neto
Disponible, destinado a atender desequilibrio
financieros.-
Decreto N° 1174 -29-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato equiparado a la Categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizados por el Ministerio de Bienestar
Social con doña Rosa Isabel DORE -DNI N°
12.495.412 y por el período comprendido entre el 5 de
Junio y hasta el 3 de
Agosto de 2.000, para desempeñar tareas inherentes a
dicha rama en el Establecimiento Asistencial “Doctor
Lucio Molas”, dependiente de la Subsecretaría de
Salud.-
Decreto N° 1175 -29-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con doña Cintia Vanesa GARCIA -DNI N°
24.948.525- y por el período comprendido entre el 3 de
Julio y hasta el 1° de Septiembre de 2.000, para
desempeñar tareas inherentes a dicha rama en el
Establecimiento Asistencial “Doctor Lucio Molas”,
dependiente de la Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1176 -29-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con
doña Marcela Alejandra ACUÑA -DNI N° 22.028.494
y por el período comprendido entre el 31 de Mayo y
hasta el 6 de Julio de 2.000, y para desempeñar tareas
inherentes a dicha rama en el Establecimiento
BOLETIN OFICIAL n° 2388 Santa Rosa, 15 de Setiembre de 2000 Pág. n°
1183
Asistencial de General Acha, dependiente de la
Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1177 -29-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con don Omar Orlando FORMIGO RAMOS -
DNI N° 26.610.457- y por el período comprendido
entre el 20 de Junio y hasta el 31 de Julio de 2.000, y
para desempeñar tareas inherentes a dicha rama en el
Establecimiento Asistencial de Quemú Quemú,
dependiente de la Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1178 -29-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con doña Andrea Claudia SALINAS -DNI N°
24.260.696.- y por el período comprendido entre el 17
de Agosto y hasta el 16 de Octubre de 2.000, y para
desempeñar tareas inherentes a dicha rama en el
Establecimiento Asistencial “Doctor Lucio Molas”,
dependiente de la Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1179 -29-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la categoría 9
(Rama Profesional con 32,30 horas semanales de labor)
-Ley 1279- de locación de servicios formalizado por el
Ministerio de Bienestar Social con doña Claudia Mabel
GIACOMINI -DNI N° 20.458.558- y por el período
comprendido entre el 12 de Julio y hasta el 10 de
Septiembre de 2.000, para desempeñarse como
Nutricionista en el Establecimiento Asistencial “Doctor
Lucio Molas”, dependiente de la Subsecretaría de
Salud.-
Decreto N° 1180 -29-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con doña María Inés CASTILLO -DNI N°
25.789.845-y por el período comprendido entre el 10
de Julio y hasta el 23 de Agosto 2.000, para
desempeñar tareas inherentes a dicha rama en el
Establecimiento Asistencial “Doctor Lucio Molas”,
dependiente de la Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1181- 31-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la Categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con don Gabriel Enrique NAVARRO -DNI N°
24.517.367- y por el período comprendido entre el 10
de Julio y hasta el 8 de Septiembre de 2.000, para
desempeñar tareas inherentes a dicha rama en el
Establecimiento Asistencial de General Pico,
dependiente de la Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1182 -31-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con don Oscar Rodolfo PANELLO -DNI N°
22.068.241- y por el período comprendido entre el 1 de
Julio y hasta el 7 de Agosto de 2.000, para desempeñar
tareas inherentes a dicha rama en el Establecimiento
Asistencial Lucio Molas, dependiente de la
Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1183 -31-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con doña Delia Elvira ROSAS -DNI N°
13.825.440- y por el período comprendido entre el 2 de
Junio y hasta el 15 de Julio de 2.000, y para
desempeñar tareas inherentes a dicha rama en el
Establecimiento Asistencial de General Acha,
dependiente de la Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1184 -31-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la categoría 7
(Rama Profesional con 44 horas semanales de labor y
Dedicación Exclusiva) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con doña María Laura IARZA -DNI N°
20.618.641- y por el período comprendido entre el 4 de
Julio y hasta el 2 de Septiembre de 2.000, para
desempeñarse como Médica en el Establecimiento
Asistencial de General Acha, dependiente de la
Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1185 -31-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con doña Patricia Mónica PARDOU -DNI N°
14.643.485- y por el período comprendido entre el 20
de Junio y hasta el 7 de Agosto de 2.000, y para
desempeñar tareas inherentes a dicha rama en el
Establecimiento Asistencial de Jacinto Arauz,
dependiente de la Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1186 -31-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar
Social con don Néstor Fernando MENDIARA -DNI N°
21.638.350- y por el período comprendido entre el 7 de
Julio y hasta el 5 de Agosto de 2.000, para desempeñar
tareas inherentes a dicha rama en el Establecimiento
Asistencial “Doctor Lucio Molas”, dependiente de la
Subsecretaría de Salud.-
Decreto N° 1187 -31-VIII-00- Art. 1°.-
Apruébase el contrato -equiparado a la categoría 15
(Rama Enfermería) -Ley 1279- de locación de
servicios formalizado por el Ministerio de Bienestar

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