Bohmtrok

Juez Tercer Juzgado Civil, Comercial y Minas de la Segunda Circunscripción Judicial de Provincia de Mendoza, Secretaría Cinco, a cargo del Dr. José Saponara - Juez y Secretaría a cargo del Dr. Marcos Tomassetti, hace saber por cinco días que en los Autos N° 35.573, caratulados: "BOHMTROK CRISTIAN ALEXIS p/CONCURSO PREVENTIVO", a fs. 14/20 dictó la siguiente resolución: "General Alvear, Mza. agosto 16 de 2013. Autos y vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1º)... 2º)... 3°) Declarar la apertura del concurso preventivo de Cristian Alexis Bohmtrok D.N.I. 32.835.050 Aristóbulo del Valle N° 151 departamento N° 12 de la Ciudad de General Alvear, Mendoza; el que tramitará conforme a las normas para los pequeños concursos (Arts. 288; 289 y cc. Ley 24.522). 4°) Fijar el día 22 de agosto de 2013 a las ocho cuarenta y cinco horas (8.45 horas) para que tenga lugar el sorteo de síndico. 5°)... 6°)... 7°)... 8°)... 9°)... 10°) Ordenar que una vez aceptado el cargo por el síndico se publiquen edictos por cinco días en el Boletín Oficial y en Diario Uno, en la forma prevista por los Arts. 27 y 28 Ley 24522. 11°) Disponer se anote la apertura de este concurso en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, Dirección de Registro Público y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, y la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. Ofíciese. 12°) Disponer la prohibición de salir del país por un período superior a cuarenta días sin previa autorización judicial, debiendo la concursada comunicar al tribunal en caso de ausentarse por períodos menores. 13°) Decretar la inhibición general del concursado para disponer de sus bienes y gravar bienes registrables. Ofíciese. 14°) Hacer saber que la apertura del concurso produce a partir de la publicación de edictos la suspensión del trámite de los procesos de contenido patrimonial contra el concursado por causa o título anterior a su presentación y su radicación en el juzgado concursal, y que quedan excluidos de estos efectos y por tanto del fuero de atracción: los procesos de expropiación, los que se funden en las relaciones de familia y las ejecuciones de garantías reales; los procesos de conocimiento en trámite y los juicios laborales, salvo que el actor opte por suspender el procedimiento y verificar su crédito conforme lo dispuesto por los artículos 32 y concordantes; los procesos en los que el concursado sea parte de un litis consorcio pasivo necesario (Art. 21 Ley 24522 ref. por Ley 26.086). Extendiéndose la exclusión del...

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