Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 4 de Junio de 2019, expediente FPA 014231/2018/CA002

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 14231/2018/CA2 raná, 4 de junio de 2019.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “BOHMER, M.A.C.P. SOBRE AMPARO LEY 16986 ”, expte. N° FPA 14231/2018/CA2, provenientes del Juzgado Federal N°2 de Concepción del Uruguay; y CONSIDERANDO:

I- Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado a fs. 136/137 vta. por la demandada contra la resolución de fs. 127/132, que -en lo que aquí interesa-

hace lugar a la presente acción de amparo y ordena al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI)- brinde a la actora la cobertura inmediata, total e ininterrumpida del medicamento “L.”

20 mg./ 8,19 Mg., comprimidos recubiertos (Trifluridina 20 mg., Tiripacilo 8,19 Mg.), en las dosis prescriptas por su médico tratante, con costas a la demandada vencida. Regula honorarios y tiene presente la reserva del caso federal efectuada.-

A fs. 133/134 la representante legal de la parte actora denuncia el fallecimiento de la amparista, ocurrido en fecha 29/09/2018. El recurso se concede a fs. 138, contesta agravios la actora a fs. 139/144. A fs. 156/158 vta. se presenta la hija de la parte actora, en su carácter de heredera, tomando intervención y ratificando las actuaciones labradas, así como a fs. 161 y vta., fs. 162 y Fecha de firma: 04/06/2019 Alta en sistema: 07/06/2019 Firmado por: C.G.G., Juez de Cámara Firmado por: E.S., Secretaria de Cámara Firmado por: B.E.A., Juez de Cámara Firmado por: M.J.B., Juez de Cámara #32136099#235758333#20190604130055097 vta. los restantes herederos presentados, quedando a fs.

165 vta. los autos en estado de resolver.-

II-

  1. Que, la demandada –en síntesis- se agravia de la sentencia dictada, considerando que su parte no ha negado la medicación solicitada, habiendo solo ofrecido la posibilidad de alternativas de tratamiento al efecto. Cita fallos en su sustento, impugna la imposición de costas a su parte, apela los honorarios de la contraparte, por considerarlos altos y formula reserva del caso federal.-

  2. Que la parte actora contesta agravios, solicitando se declare desierto el recurso interpuesto, por no existir una crítica concreta y razonada del fallo, solicitando, en subsidio, se confirme integralmente la sentencia apelada, por los fundamentos expuestos y con costas.-

    III- Que, en el caso, la pretensión de amparo tenía por objeto la provisión del medicamento “L.” 20 mg./

    8,19 Mg., comprimidos recubiertos (Trifluridina 20 mg., Tiripacilo 8,19 Mg.), en las dosis prescriptas por el médico tratante, para la afiliada, quien padecía de cáncer de colon.-

    El juez a quo hace lugar a la demanda incoada, sobre lo cual se alza la parte apelante.-

    IV-

  3. Que, en primer término y en relación a la deserción del recurso interesada por la apelada, es dable observar que los agravios de la accionada resultan suficientes a los fines de su merituación en esta instancia, a mérito del amplio criterio ya sustentado por...

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