Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B, 20 de Noviembre de 2019, expediente FRO 053500/2017/CA001

Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Civil/Int Rosario, 20 de noviembre de 2019 Visto, en Acuerdo de la Sala “B” integrada el expediente nro. FRO 53500/2017 de entrada, caratulado: “BNA c/ MUÑOZ, H.R. s/ Ejecuciones Varias”, (originario del Juzgado Federal N° 1 de esta ciudad), del que resulta; V. los autos a consideración de este Tribunal a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto y fundado por la Dra. I.R.C. (fs. 61/65), contra la sentencia de fecha 16 de mayo de 2019 mediante la cual se resolvió mandar llevar adelante la presente ejecución fiscal contra los herederos de H.R.M., hasta que el Banco de la Nación Argentina se haga íntegro cobro del capital reclamado con más los intereses compensatorios y punitorios pactados desde la fecha de mora y hasta su efectivo pago, y las costas del juicio (fs. 57).

Concedido el recurso (fs. 69), y contestados los agravios por la contraria (fs. 70/71 vta.), se elevaron las actuaciones (fs. 76). Radicados en esta Sala “B”, se ordenó el pase de los autos al Acuerdo, quedando en estado de resolver (fs. 77).

El Dr. Pineda dijo:

  1. ) La representante del BNA interpuso demanda ejecutiva contra H.M., persiguiendo el cobro de la suma de $69.630,66 por capital, con más los intereses, gastos y costas (fs. 6/7).

    Con posterioridad a ello, al momento de diligenciar el mandamiento de intimación de pago, la actora se anotició del fallecimiento del demandado y solicitó la citación de sus herederos (fs. 28; 31).

    Dispuesta la mencionada citación (fs. 32), compareció H.J.M., madre del causante y peticionó que se le otorgara la participación legal correspondiente (fs. 40).

    Concedida la participación legal pertinente (fs. 41), el magistrado de grado mandó llevar adelante la ejecución contra los herederos de H.R.M. hasta que el Banco de la Nación Argentina se haga íntegro cobro del Fecha de firma: 20/11/2019 Alta en sistema: 21/11/2019 Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.P., Juez de Camara Firmado por: A.G., Secretaria de Cámara #30658863#250201735#20191120095859017 capital reclamado con más los intereses compensatorios y punitorios pactados desde la fecha de mora y hasta su efectivo pago, y las costas del juicio (fs. 57).

    Luego, la Dra. I.R.C., refirió no tener mandato, pero que atento al fallecimiento del demandado, y a fin de ejercer medidas conservatorias, dedujo recurso de apelación y conjunta nulidad contra la resolución del 13 de mayo de 2019.

  2. ) Se agravió la...

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