Blotta Hector Osvaldo S/quiebra S/incidente de Subasta

Fecha de disposición21 Junio 2007
Fecha de publicación21 Junio 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31180

El comprador deberá constituir domicilio legal dentro del radio del Juzgado bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 133 del Cód. Pcsal. Déjase constancia que a los fines de la realización de la pertinente escritura de dominio la misma será confeccionada por el Escribano que designará el Juzgado. El adquirente en subasta judicial no deberá afrontar las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión cuando el monto obtenido en la subasta no alcanzare para solventarlas y que las expensas están a cargo del comprador (Fallo Plenario 'Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra Roberto Isaac s/Ejecución Hipotecaria. Día de visita 25 de junio de 2007 de 14 a 16 hs. El presente edicto deberá publicarse por el término de 2 días en el Boletín Oficial y en el diario Gaceta de Paz de Capital Federal.

Buenos Aires, 5 de junio de 2007.

María José Remuñan de Elizalde, secretaria subrogante.

e. 20/06/2007 Nº 63.053 v. 21/06/2007 Nº 100

El JUZG. NAC. DE PRIMERAINST. EN LO CIVIL Nº 100, a cargo del Dr. Dr. Miguel Angel PRADA ERRECART, Secretaría Única, de la Dra. Dra. María Cristina BATTAINI, sito enAv. De los Inmigrantes 1950 (4° piso), de la Nº 31.180 46Jueves 21 de junio de 2007

DO. AMBAS VIVIENDAS SE ENCUENTRAN SIN terminar. Se encuentra ocupada por el Sr Mario Osvaldo Noriega su esposa y tres hijos menores y la otra vivienda la ocupan sus padres. BASE:

$ 15.000-, AD-CORPUS, al contado en dinero en efectivo y al mejor postor. SEÑA 10% COMISION 3% y 0,25% en concepto de arancel. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta, sin necesidad de otra notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del CPC. Seran admitidas ofertas bajo sobre que deberan ser presentadas en el tribunal dos días antes de la fecha de subasta. El ó los compradores deberán constituir domicilio dentro del radio de la Capital Federal.

VISITAR: los días 26 y 27 de junio de 11:00 a 12:00 hs..

Buenos Aires, 31 de mayo de 2007.

Blanca B. Gutiérrez Huertas de Silveyra, secretaria.

e. 20/06/2007 Nº 548.754 v. 21/06/2007 Nº 4

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 4, Secretaría Nº 8, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, primer piso, Capital Federal, comunica por cinco días en los autos 'CENTRO MEDICO DE DIAGNOSTICO S/QUIEBRA s/CONCURSO ESPECIAL POR KOTAO S.A. art.

209', expediente Nº 087927, (CUIT de la fallida 33-59616236-9) que el martillero Julio Ramírez Gaito CUIT 20-04356212-7, rematará el día martes 26 de junio de 2007, a las 12 horas en punto, en la Oficina de Subastas Judiciales, sita en la calle Tte. Gral. Juan D. Perón 1233, de Capital Federal, el 100% del inmueble ubicado en la calle Salta 4999, esquina San Martín, Berazategui, Provincia de Buenos Aires. Nomenclatura Catastral:

circunscripción IV, sección K, manzana 35, parcelas 1 y 26. Matrícula: 66.429. El inmueble se encuentra, edificado sobre dos lotes de terreno con una superficie de 199,96m2.- cada uno, totalizando 399,92m2 según título y plancheta catastral agregados en autos. Se trata de un inmueble de dos plantas distribuidos de la siguiente forma: P.B.:

recepción, oficina, 8 consultorios, sala, 5 baños y espacio guardacoches descubierto; 1º PISO: se accede por escalera y ascensor, sala de espera, 9 consultorios, depósito, 3 baños y cocina. Todo en buen estado de conservación. CONDICIONES DE VENTA: ad corpus, desocupado y en el estado físico en que se encuentra. BASE: $ 200.000.- (pesos doscientos mil) al contado, en efectivo y mejor postor. SEÑA: 30%. COMISION: 3%. Arancel acordada C.S.J.N. 10/99: 0,25%. Todo en el acto del remate y a cargo del comprador. SE DEJA CONSTANCIA QUE: 1) los impuestos, tasas y contribuciones especiales (de orden nacional, provincial y municipal) devengados antes de la declaración de quiebra deberán ser verificados por sus acreedores; los devengados entre la declaración de la quiebra y la fecha de la posesión de los bienes, serán gastos del concurso en los términos de la LC 240 y los posteriores a la toma de la posesión, serán...

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