Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 30 de Marzo de 2023, expediente CCF 008062/2020/CA002

Fecha de Resolución30 de Marzo de 2023
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA II

BLOK, PAMELA Y OTRO c/ OMINT SA DE SERVICIOS

s/SUMARISIMO DE SALUD

Buenos Aires, 30 de marzo de 2023.

Y VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la demandada el día 15.12.2022 -fundado en la presentación del día 13.02.2023 y replicado por la parte actora el 3.03.2023-, contra la sentencia dictada el día 7.12.2022; y CONSIDERANDO:

En el referido pronunciamiento, el señor juez de grado declaró

abstracta la presente acción e impuso las costas a la demandada. Para así

decidir, tuvo en cuenta que luego del requerimiento formulado por el Juzgado, mediante el escrito del 4.03.2022, los actores manifestaron que con fecha 23.11.2021 había nacido su primera hija. En consecuencia, consideró

cumplido el objeto principal del proceso (cubrir los tratamientos para lograr el embarazo y posterior nacimiento).

Seguidamente, respecto a las costas ponderó que la parte actora se vio obligada a iniciar la presente acción para que se otorgue la prestación del tratamiento de fertilización requerido, atento la intimación efectuada en forma extrajudicial y la negativa a cubrir un nuevo tratamiento por parte de OMINT, actitud renuente que mantuvo frente a la intimación judicial y que dio lugar al dictado de una medida cautelar, que fue confirmada por esta sala. Asimismo, tuvo en cuenta el fallo plenario de la Excma., causa n°

1773/17 del 28.08.2018 “G., Carolina y otro c/ Obra Social del Poder Judicial de la Nación s/ amparo de salud”, dictado en consonancia con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos “Y.M.V

y otro c/ IOSE s/ amparo de salud “ del 14.08.2018, por el cual se decidió

que el límite a que alude el art. 8 del decreto 956/13, en lo que respecta a la cobertura de los tratamientos de fertilización asistida con técnicas de alta complejidad y que se encuentran determinados en número de tres para una persona, ha sido previsto en forma anual.

  1. Contra esta decisión apeló la demandada OMINT SA de Servicios. En su memorial, afirma que el Magistrado efectuó una errónea interpretación de la normativa vigente puesto que -según sostiene- el Fecha de firma: 30/03/2023

    Alta en sistema: 31/03/2023

    Firmado por: FLORENCIA NALLAR, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA

    Decreto N° 956/13 reconoce el acceso a tres tratamientos (de por vida) de alta complejidad. Por ello, considera que no correspondía autorizar un nuevo tratamiento, pues con los referidos procedimientos ya había alcanzado el límite establecido por la ley y su reglamentación. Cita jurisprudencia que estima favorable a su postura. Por último, solicita que las costas sean impuestas en el orden causado toda vez que, al haber sido declarado abstracto el asunto, no existe resolución sobre el fondo de la cuestión que se expida respecto de la posición adoptada.

    Sustanciado el recurso la...

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