Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 14 de Julio de 2016, expediente CCF 003002/2011/CA001

Fecha de Resolución14 de Julio de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 3.002/2011/CA1 “B.S. y Reaseguros SA c/ R.E.C. s/ faltante y/o avería de carga transp terrestre”.

Juzgado n° 11, Secretaría n° 22.-

Buenos Aires, 14 de julio de 2016.

Y VISTO: el recurso de apelación interpuesto por la citada como tercero Generali Argentina Cía de Seguros SA (Generali) a fs. 328 (ver auto de concesión de fs. 329), fundado a fs. 334/335 vta., contra la resolución obrante a fs. 325 y vta., cuyo traslado no fue contestado; Y CONSIDERANDO:

  1. ) Generali compareció a este pleito citada como tercero en los términos del artículo 96 del Código Procesal (texto según ley 26.939, DJA)

    por E.C.R., demandado en su carácter de transportista de la carga (un herbicida) adquirida a Monsanto Argentina SAIC por la firma de origen boliviano Ciagro SA. La carga se perdió en un siniestro vial el 16 de mayo de 2008. La citación fue requerida por R. con fundamento en que Generali “…es el ente asegurador de la carga…” y debe “…mantener la eximición de responsabilidad del transportista…” (conf. fs. 192 vta., punto VI). Vale precisar que la demanda fue entablada por B.S. y Reaseguros SA, quien invocó el pago de la mercadería siniestrada, amparada por la póliza n° 2003376 (conf. artículo 80 de la ley 17.418).

    G. contestó la citación a fs. 256/258 vta., oportunidad en la que planteó la prescripción contra Monsanto y contra R. en base a lo previsto en el artículo 58 de la Ley de Seguros, en la medida en que se pretendía “…ejercer un derecho respecto del contrato de seguro celebrado [con Monsanto] bajo la póliza N° 54.656…”. Indicó que el siniestro de autos había ocurrido el 15 de mayo de 2008 sin que hubiera recibido un reclamo formal dentro del año, que es el término de prescripción que fija la ley.

    Desconoció la autenticidad y recepción de la carta documento del 11 de junio de 2009.

    Fecha de firma: 14/07/2016 Firmado por: G.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #16115634#157359170#20160715052442947 2°) En el pronunciamiento apelado el magistrado a quo rechazó la prescripción opuesta por G. por considerar que esa defensa solo podía hacerse valer contra el asegurado (Monsanto), “…y no respecto de terceros damnificados, como ocurriría con el citante…”. Hizo alusión a jurisprudencia según la cual el incumplimiento por parte del asegurado de algunas de las obligaciones insertas en la póliza son...

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