Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 4 de Agosto de 2020

Fecha de Resolución 4 de Agosto de 2020
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita570/20
Número de CUIJ21 - 512502 - 9

Reg.: A y S t 300 p 125/126.

Santa Fe, 4 de agosto del año 2020.

VISTOS: Los autos "BIGLIERI, C.A. - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'BIGLIERI, C.A. S/ APERCIBIMIENTO PÚBLICO POR VIOLACIÓN DE LOS DEBERES DEL ART. 3.3.6 DEL CÓDIGO DE ÉTICA DE FE. P.R.A., ANEXO DEL ESTATUTO DEL COLEGIO DE PSICÓLOGOS' - (CUIJ 21-07011444-2) sobre RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00512502-9), venidos para resolver la aclaratoria interpuesta por el representante legal de C.A.B. a foja 169 contra el pronunciamiento de esta Corte registrado en A. y S. T. 298, págs. 22/30; y,

CONSIDERANDO:

  1. Dictado el pronunciamiento registrado en A. y S. T. 298, págs. 22/30, por el cual esta Corte declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto, la defensa técnica de A.C.B. solicitó su aclaración entendiendo que el mismo omite expedirse sobre la imposición de costas y que se debía determinar acerca de quién cargará con las mismas en esta instancia recursiva extraordinaria.

  2. Habrá de hacerse lugar a lo peticionado.

En efecto, tal como se postula, la omisión de pronunciamiento sobre gastos causídicos configura un supuesto susceptible de ser subsanado por medio del recurso intentado, el que ha sido articulado tempestivamente.

En el caso, corresponde, pues, aclarar la decisión mencionada en el sentido de que las costas, por la simple aplicación del principio objetivo del vencimiento, serán soportadas por la parte vencida (art. 12, ley 7055).

Por ello, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe RESUELVE: Hacer lugar al remedio deducido a foja 169 y, en consecuencia, aclarar la resolución registrada en A. y S. T. 298, págs. 22/30, en cuanto refiere al pronunciamiento...

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