Bienvenida la adopción prenatal

Si alguna duda existiese sobre la verdad y bondad que encierra la norma del Código Civil y Comercial de la Nación, vigente desde enero de 2016, que establece que "la existencia de la persona humana comienza con la concepción", con todos los derechos que le corresponden, con la sola exigencia de que nazca con vida, ella ha quedado nueva y completamente disipada ante la muy certera decisión de la jueza de familia María Legarreta, quien resolvió iniciar el trámite para dar en adopción a una beba cuando estaba aún en el vientre materno.La madre biológica de la niña es una menor de edad, de 17 años, violada por su padrastro reiteradamente y que debió huir de su casa ante la violencia de todo tipo que le imponía el violador. Buscó el amparo de una tía y huyó. Acompañada por ella, se presentó ante la jueza de familia, quien la asesoró sobre sus derechos, incluso sobre la posibilidad de abortar que la ley brinda ante violaciones. La menor, adecuadamente asesorada, eligió tener al bebé, prestando su consentimiento libre e informado. La jueza de la localidad de Paso de los Libres, Corrientes, le explicó la posibilidad de dar a la beba en adopción, ante lo cual la adolescente expresó que quería entregarla desde el momento del nacimiento, pues no quería tenerla ni amamantarla. Ya tenía una hija y no deseaba otra.A los efectos de asegurar la decisión de las madres biológicas, y teniendo en cuenta la situación de sensibilidad del puerperio, la ley prevé un plazo de 45 días después del nacimiento para el caso de que la madre se arrepienta de haber dado al hijo en adopción, lapso tras el cual se pasa a la guarda preadoptiva y, luego de un período de seis meses, se inicia de oficio o a pedido de parte la adopción. Ante las particularidades del caso, la jueza se decidió acertadamente por un proceso preliminar y urgente, entregando la guarda provisoria a una pareja sin hijos a la que juzgó suficientemente idónea para, luego de vencidos los 45 días legales, otorgarle la guarda preadoptiva y...

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