Bienes Personales: cuál es la reforma de Alberto Fernández que desató la pelea con Susana Giménez

Susana Giménez fue denunciada penalmente por la AFIP, en un conflicto que involucra al impuesto sobre los Bienes Personales del año 2019

Apenas asumido, en diciembre de 2019, el Gobierno de Alberto Fernández y Cristina Kirchner impulsó que el Congreso aprobara un proyecto de ley para declarar el estado de emergencia de la Argentina en varias materias y para modificar aspectos de los sistemas impositivo, previsional, laboral y sanitario, entre otros.

Entre sus contenidos tributarios, la ley 27.541 incluyó un incremento de la carga fiscal en el caso de Bienes Personales. Los cambios, cuya vigencia se dispuso para 2019 -la norma fue votada el 21 de diciembre de ese año- tuvieron un impacto significativo, sobre todo porque en la gestión anterior se había aprobado una ley que, al ir en la dirección contraria, había determinado una hoja de ruta para aliviar progresivamente el peso del gravamen.

Así, mientras que por el impuesto correspondiente a 2018 había regido una alícuota, igual para todos los niveles de patrimonio, de 0,25% sobre el valor de los bienes sujetos al impuesto que excediera los $1.050.000 (hasta ese monto, las tenencias quedaban ese año liberadas del tributo), por 2019 se pasó a tributar según una tabla de alícuotas crecientes (cuanto más alto el patrimonio gravado, más alto el porcentaje) de entre 0,5% y 1,25% en el caso bienes ubicados en el país. Y se incluyó una tabla de alícuotas agravadas, de hasta 2,25% por los activos en el exterior. El monto liberado del impuesto fue ese año de $2.000.000.

Esas tablas para el cálculo del impuesto siguieron vigentes hasta el ejercicio fiscal 2021 (cuyas obligaciones terminaron de saldarse este año), aunque con el agregado de dos escalones más en el caso de los patrimonios más altos. Concretamente, por los bienes en el país, una vez descontado el monto libre del impuesto ($2.000.000 en 2019 y 2020, y $6.000.000 en 2021), si el valor de los bienes es de hasta $3.000.000, se tributa el 0,5%. Si el valor que excede al monto no imponible es de entre $3.000.000 y $6.500.000, el impuesto es de $15.000 más el 0,75% de lo que excede de $3.000.000. Si el patrimonio gravado suma entre $6.500.000 y $18.000.000 se paga $41.250 más el 1% de lo que exceda de $6.500.000. Si los activos alcanzados superan los $18.000.000, por lo que está en el país la carga es de una suma fija de $156.250 más el 1,25% del excedente de $18.000.000.

A partir del impuesto correspondiente a 2021 rigen dos escalones más. En...

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