Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 5 de Septiembre de 2012, expediente L 103793

PresidenteKogan-Soria-Genoud-Negri-de Lázzari-Hitters
Fecha de Resolución 5 de Septiembre de 2012
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a 5 de septiembre de 2012, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresK., S., G., N., de L., Hitters,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 103.793, "Bibbo, M.J. y otros contra Serres y P.S.C.C. y otros. Despido".

A N T E C E D E N T E S

El Tribunal del Trabajo Nº 1 del Departamento Judicial de Mar del Plata hizo lugar parcialmente a la demanda deducida, imponiendo las costas en el modo como especifica (v. sent., fs. 397/410 y aclaratoria, fs. 419/421).

La parte actora dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 423/438 vta.), el que fue concedido por el citado tribunal a fs. 439; desistiendo posteriormente- del agravio que afincaba en la extensión de la condena a los codemandados Serres y Pollio S.C.C., M.E.S., A.C.P. y los herederos de J.R.P. (fs. 483/485).

Dictada a fs. 537 la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente

C U E S T I Ó N

¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley?

V O T A C I Ó N

A la cuestión planteada, la señora J. doctora K. dijo:

  1. En lo que interesa (atento al desistimiento parcial del recurso; ver fs. 483 y 486), el tribunal del trabajo interviniente desestimó -por mayoría- la demanda incoada por M.J.B., E.E.P., R.D.L., J.L.L., J.D.S., C.L.C., M.F.I. y J.D.F. contra Diario El Liberal S.A., en cuanto perseguían el pago de la indemnización establecida en el art. 16 de la ley 25.561.

    En forma lacónica, sustentó su rechazo en la fecha en que se produjeron los distractos laborales, indicando que resolvió de ese modo "atento el reiterado criterio de este Tribunal en tal sentido" (v. sent., fs. 402).

  2. Contra dicho aspecto del pronunciamiento se alzan los accionantes mediante recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, en el que denuncian errónea aplicación del art. 16 de la ley 25.561, de los decretos que prorrogaron su vigencia y de la doctrina legal que citan (v. rec., fs. 428/429).

    Sostienen que se advierte fácilmente que el rechazo a la pretensión formulada por los actores respecto de la indemnización del art. 16 de la ley 25.561 carece de argumento justo, toda vez que el tribunal de grado "no explicita claramente los motivos de orden jurídico por los...

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