Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL, 7 de Noviembre de 2022, expediente FCR 015275/2022/CA001

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. FCR 15275/2022/CA1

BERTOTTO, JAVIER ESTEBAN

s/HABEAS CORPUS

-RESOLUCION-

  1. F. ESQUEL.

    modoro R., 07 de noviembre de 2022.

    AUTOS Y VISTO:

    Este Expte. FCR 15275/2022/CA1 caratulado

    BERTOTTO, J.E.s.C.

    iniciada con motivo de la denuncia de

    hábeas corpus promovida por el interno nombrado.

    Y CONSIDERANDO:

    I.– Que, a fs. 7/vta., el aquo desestimó la denuncia, de

    hábeas corpus, promovida a fs.1/vta. por el interno de la Cárcel de Esquel “Subalcaide

    Rosario Abel Muñoz” del Servicio Penitenciario Federal (U.14) B.J.E.;

    envió DEO al Juzgado Nacional de Ejecución Penal Nº 2 de CABA con copia de lo resuelto,

    al fin que se estime pertinente y elevó las actuaciones a esta cámara de apelaciones en virtud

    de la consulta que prevé el art. 10, párrafo 2º, parte, de la ley 23.098.

    1. Que, en el marco de la audiencia prevista en el art.

      9, último párrafo, ley 23.098, mediante la plataforma digital “Z., el interno manifestó

      ante la actuaria que se encuentra alojado en la Unidad Nº 14 del SPF desde junio de este año,

      aproximadamente, y le fue otorgado el taller de albañilería, pero que es un taller con el que

      no se siente cómodo porque no es acorde a sus conocimientos ya adquiridos ni tampoco le es

      funcional para aprender nuevas habilidades.

      Agregó que en las unidades penitenciarias anteriores

      donde estuvo alojado cumplía funciones en talleres de carpintería, huerta y electricidad y que

      desde que ingresó a esta unidad está solicitando el cambio de taller pero que no tiene

      respuesta, que le dicen que no hay lugar pero que el ve que personas que ingresan nuevas, le

      son asignados esos talleres.

      Mencionó que hace 2 meses aproximadamente el Jefe de

      la Sección Trabajo le refirió que lo iban a cambiar pero hasta el día de la fecha no ocurrió.

      Refirió que tenía conocimiento de que el objeto de su reclamo no era para plantear una acción

      de habeas corpus pero que quería saber si desde este juzgado se podía tomar alguna medida.

    2. De las constancias del legajo se desprende que el

      interno B.J.E. de nacionalidad argentina de 25 años de edad, se encuentra

      detenido a disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 2, en relación a las causa

      N° 5261 (EXP. 65015/2016) condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional

      Nº 27 C.A.B.A a la pena de 5 años de prisión como coautor del delito de robo con arma que

      no es de fuego, con fecha de libertad condicional el 15/06/2021 y de vencimiento de condena

      el 15/04/2023.

      Que ingresó a la Unidad 14 el 30/07/2022 procedente de

      la Unidad S.P.F. N° 15 de Río Gallegos, y registra conducta...

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