Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA, 30 de Julio de 2015, expediente FMZ 024034510/2008/CA001

Fecha de Resolución30 de Julio de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE MENDOZA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA B Mendoza, 30 de julio de 2.015.

Y VISTOS:

Los presentes autos Nº FMZ 24034510/2008/CA1 caratulados: "BERNAL, ANTONIO c. ANSES s/ ANSES- Jubilación Ordinaria / Reconoc. Servicio”, venidos del Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza, a esta Sala "B", para resolver el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la ANSES.

Y CONSIDERANDO:

I- Que, contra la resolución obrante a fs. 59/61 que hace lugar a la demanda interpuesta por el Sr. A.B. y, en consecuencia, deja sin efecto la resolución denegatoria RCUA 05230 disponiendo que la demandada dicte una nueva resolución administrativa, el apoderado de la ANSES deduce recurso de apelación a fs. 62.

En oportunidad de expresar agravios (fs. 71/72 vta.)

sostiene, en primer término, que de las testimoniales rendidas en autos no surge lo manifestado por la actora.

Afirma además que los recibos de sueldo, que constituyen principio de prueba por escrito, deben ser complementados con otras pruebas lo que no ocurre en el presente caso. Asimismo, pone en duda la autenticidad de los recibos de sueldo presentados, la que aduce, sólo podría corroborarse por medio de pericias documentológicas.

Sostiene asimismo que el actor ha consentido la resolución administrativa cuestionada por haber dejado transcurrir el plazo de noventa días hábiles previsto para recurrir la misma.

Fecha de firma: 30/07/2015 Firmado por: R.N. -H.C.E. -R.A.F. , ANTE MI G.T., Jueces Subrogantes de la Sala B de la Cámara Federal de Apel 1 Por último, hace reserva del caso federal y solicita que se revoque la resolución en crisis.

II- Que ingresando a resolver la cuestión traída a consideración se estima que los agravios expuestos por la demandada no logran conmover los argumentos expuestos por la Juez "a-quo" en el resolutivo cuestionado.

En efecto, el apelante se limita a cuestionar el material probatorio rendido en autos. Sorprende que cuestione recién en esta instancia la autenticidad de los bonos de sueldo acompañados en el procedimiento administrativo señalando ahora la necesidad de una pericia documentológica y poniendo así tarde y a cargo del actor una situación por él alegada.

Ahora bien, partiendo de la autenticidad, que no se logró rebatir, de los bonos de sueldo acompañados, se observa que las declaraciones testimoniales brindadas a fs. 37/43 y 52 resultan contestes con éstos. Esto así, en tanto en ellos se especifica que el actor prestó labores como mecánico y de las...

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