Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 6 de Julio de 2017, expediente CNT 056261/2014/CA001

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 56261/2014 - BERGAGNA ARIEL IVAN c/ PERTENECER S.R.L.

s/DESPIDO Buenos Aires, 06 de julio de 2017.

VISTO:

Que las presentes actuaciones llegan a conocimiento de esta Alzada en virtud del recurso de apelación deducido por la parte actora (fs. 92/93), contra la resolución que declaró prescripta la acción (fs. 89/91).

CONSIDERANDO:

Que en orden a la cuestión suscitada, el tribunal dispuso correr vista al F. General ante esta Cámara (ver fs. 99).

Que a fs. 101 obra agregado el respectivo dictamen (número 69.928, de fecha 25.11.2016).

Que se comparte la opinión de la señora F. General Adjunta, por cuanto la resolución atacada soslayó considerar los efectos suspensivos del cómputo de los plazos de la prescripción liberatoria, derivados de la intimación oportunamente cursada por el trabajador (art. 3986 del Código Civil –actualmente, art.2541 ley 26.994-; ver fs.64 y fs.67).

Que, tal como se indica en el referido dictamen, si se pondera que el requerimiento postal (recibido el 17.1.2012; fs.67) suspendió el curso del plazo prescriptivo por un año, a la fecha de la promoción de la demanda (26.9.2014; ver fs. 1Ovta.), se colige que la acción no se encontraba alcanzada por el instituto de marras (art. 256 de la LCT).

Fecha de firma: 06/07/2017 Alta en sistema: 15/08/2017 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE...

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