Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 8 de Octubre de 2018, expediente CNT 031658/2013

Fecha de Resolución 8 de Octubre de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII 31658/2013 JUZGADO Nº 21 AUTOS: " B.D.N. c/ POLINOA S.A. Y OTRO s/

ACCIDENTE – LEY ESPECIAL. "

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 08 del mes de octubre de 2018.-

VISTO:

El recurso interpuesto por la perito médica a fs. 424 y; CONSIDERANDO:

  1. En atención a la importancia, mérito y extensión de las labores cumplidas por la perito médica, quien técnicamente no efectuó pericia (por aceptación del cargo y principio de ejecución de cometido) y pautas arancelarias, la regulación de honorarios efectuada en grado se revela razonable, por lo que deberá

ser confirmada.

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la resolución apelada.

R., notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente, devuélvanse.

JGF 9.129 Fecha de firma: 08/10/2018 Alta en...

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