Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 14 de Diciembre de 2016, expediente Rc 121287

Presidentede Lázzari-Kogan-Hitters-Pettigiani-Negri-Soria-Genoud
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2016
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 121.287 "B., A.. Abrigo".

//Plata, 14 de Diciembre de 2016.

AUTOS Y VISTO:

  1. La Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Lomas de Z. confirmó la sentencia que declaró al niñoA.B. en situación de adoptabilidad (fs. 189/196 y 278/285).

    Contra lo así resuelto, la progenitora, con el patrocinio del Defensor Oficial, dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, el que fue concedido (fs. 288/295 y 296/vta.).

  2. Encontrándose este Tribunal en etapa de analizar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de la impugnación articulada, dada la iniciación del beneficio de litigar sin gastos (fs. 214/218) y lo resuelto por esta Suprema Corte en el precedente Ac. 84.210 ("Crozzoli, M. c/A., A. s/ Escrituración. R.. de queja", resol. del 28-VIII-2002) y los que siguieron su doctrina, en supuestos como el presente es necesario constatar el resultado del respectivo incidente en un plazo prudencial (conf. doct. C. 104.931, resol. del 5-V-2010; C. 112.656, resol. del 22-IX-2010).

    En consecuencia, a tenor de los derechos involucrados y por razones de celeridad procesal, corresponde intimar a la recurrente a que acredite en esta sede la concesión definitiva de la referida franquicia (conf. C. 117.506, resol. del 26-II-2013; C. 117.674, resol. del 20-III-2013; C. 118.271, resol. del 11-IX-2013; C. 118.785, resol. del 19-II-2014).

    POR ELLO,se intima a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR