Expediente nº 10739/112 de Tribunal superior de justicia, Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios, 20 de Abril de 2016
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2016 |
Emisor | Secretaría Judicial en Asuntos Contencioso Administrativo y Tributarios |
E.. n° 10739/14 "B., M.R. s/ queja por recurso de inconstitucionali-dad denegado en: B., M.R. c/ GCBA s/ daños y perjuicios (excepto res. médica)"
Buenos Aires, 20 de abril de 2016
Vistos: los autos indicados en el epígrafe;
resulta:
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Llegan las actuaciones al Tribunal para decidir la queja interpuesta por el letrado apoderado de M.R.B. (fs. 30/41 vuelta), contra la sentencia que declaró inadmisibles los recursos de inconstitucionalidad que planteara contra dos pronunciamientos dictados por la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T.. Uno de los recursos cuestionaba la decisión de la alzada que revocó lo resuelto en la instancia de grado e hizo lugar parcialmente a la demanda incoada; el otro objetaba la sentencia que admitió parcialmente la aclaratoria deducida contra aquella decisión.
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En autos, M.R.B. en su carácter de titular de la empresa de construcciones denominada "Estudio Sur Ingeniería" promovió, a través de su letrado apoderado, demanda contra el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, GCBA) y la Asociación Cooperadora de la Escuela de Educación Especial y Formación Laboral n° 3, Distrito Escolar n° 17 con el objeto de obtener una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por los supuestos incumplimientos contractuales en que habrían incurrido los demandados durante la ejecución de la obra "CO.DI.CO.E.E.E. Y F.L.N.° 3 D.E. N° 17 Fco. Beiró 4418" destinada a refaccionar la Escuela de Educación Especial y Formación Laboral N° 3, Distrito Escolar n° 17. Reclamó la suma de $ 298.600 o lo que resultare de la prueba a producirse (fs. 50/73 vuelta, ver también primer párrafo del punto 4 y el punto 5 del pronunciamiento de fs. 2/9).
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El GCBA contestó la demanda y solicitó su rechazo (fs. 74/82).
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La juez de primera instancia -en lo que aquí interesa destacar- rechazó la demanda deducida con costas (fs. 83/96 vuelta).
Contra esa decisión se alzó la actora (fs. 98/120 vuelta) y, una vez contestados los agravios por el GCBA (fs. 121/124), la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y T. resolvió "I. Revocar la sentencia de grado y hacer lugar a la demanda contra el GCBA en los términos del voto de la jueza M.D.. II. Imponer las costas de ambas instancia por su orden…" (fs. 2/9).
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Disconforme, la parte actora planteó recurso de aclaratoria respecto de los puntos 12.4.2 y 2.5, párrafo 6, del pronunciamiento de la alzada (fs. 10). A su vez, articuló recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia de fs. 2/9 (fs. 125/135 vuelta).
La Cámara de Apelaciones admitió parcialmente el recurso interpuesto "aclarando el considerando 12.4.2. de la sentencia de esta S. en los términos del considerando 6 del presente pronunciamiento …" (fs. 12/12 vuelta), lo que motivó el recurso de inconstitucionalidad de fs. 136/139 vuelta, limitado únicamente a lo decidido en la aclaratoria respecto del punto 12.4.2.
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Una vez contestados los traslados conferidos al GCBA (fs. 140/142 vuelta y fs. 143/148 vuelta), la Sala II declaró inadmisibles los recursos de inconstitucionalidad interpuestos por la parte actora (fs. 29/29 vuelta), dando lugar a la queja referida en el punto 1.
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En esta sede, la parte recurrente fue intimada por la juez de trámite a acreditar -entre otras cosas- la...
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