Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 13 de Octubre de 2021, expediente FRO 018735/2021/CA001

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 18735/2021/CA1

Visto en Acuerdo de la Sala “A” de la Cámara Federal de Apelaciones de R. (integrada), el expediente n° FRO 18735/2021/CA1

caratulado: “VINARDI, L.; AVALLE, C. s/ Hábeas Corpus”,

procedente del Juzgado Federal n° 4 de la ciudad de R., del que resulta que:

El Dr. J.J.A., en su carácter de defensor de L.V. y C.N.A., interpuso la presente acción de habeas corpus por considerar que se han agravado las condiciones de detención en que se encuentran sus asistidos.

Refirió que ambos fueron condenados por la Justicia de la Provincia de Santa Fe y se encontraban detenidos en la Unidad XI de P. y que en fecha 02 de octubre de 2021 fueron trasladados a la Alcaidía Cavia de Palermo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Expresó que esa institución, que se describe como una unidad de última generación en su página de internet, se encuentra superpoblada,

que los detenidos no cuentan con asistencia de las comidas básicas necesarias,

debiendo sus familiares llevarle los almuerzos y cenas, con poco acceso al agua para beber y con escasas probabilidades de aseo personal.

Esgrimió que las personas allí alojadas se encontrarían en una incomunicación encubierta, ya que solo serían sacados del lugar de encierro “..( que es de dimensiones sumamente reducidas…)” (sic) diez minutos por día, oportunidad en que podrían hacer uso de los llamados telefónicos y volverían al encierro. No tendrían permitidas las visitas con sus familiares y no cuenta con un lugar apropiado para que el interno pueda encontrarse en privado con su letrado.

Indicó que en dicha Alcaidía habría personas infectadas de sarna y con otros problemas de salud infectocontagiosas, no contando con las prevenciones necesarias, ni con la correcta limpieza. Que los detenidos allí

alojados estarían hacinados cuando se trata de un lugar que sólo se encontraría en condiciones “de ser de paso”.

Agregó que el Correccional XI les comunicó a los defensores Fecha de firma: 13/10/2021

de las causas provinciales por las cuales aquéllos fueron condenados; a las Juezas Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA 1

Firmado por: V.M.M., SECRETARIO DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 18735/2021/CA1

de Ejecución respectivas y demás dependencias que “…en fecha 02 de octubre del corriente año según lo dispuesto por la Dirección General del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR