Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 25 de Enero de 2024, expediente FGR 000231/2024/CA001

Fecha de Resolución25 de Enero de 2024
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA

General Roca, de enero de 2024.

VISTO:

Este expediente caratulado “V., F. L. sobre habeas corpus” (Expte. Nº FGR 231/2024/CA1), venido del Juzgado Federal N°2 de Neuquén, Secretaría N°2; y,

CONSIDERANDO:

  1. Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10 de la ley 23.098, al rechazar el Juzgado Federal mencionado la acción presentada por el arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en el Complejo V –Senillosa- del Servicio Penitenciario Federal, en donde permanece alojado a disposición del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  2. Que

    V. realizó dos presentaciones manuscritas, en una de las cuales expresó que interpuso la acción contra el Área de Pañol del CPF V "por robo y uso y abuso de poder" ya que en los procedimientos rompían cosas. Al respecto, aclaró

    que le dañaron un parlante portátil, así como que en un procedimiento realizado el día miércoles anterior se llevaron el cargador del parlante que estaba autorizado y no querían devolvérselo, desconociendo el motivo de ello. En la segunda, indicó que la acción era contra el Área de Requisa del CPF V por idénticos motivos, aunque agregó que el cargador tenía cable blanco "con bocha negra y blanca". Más adelante, señaló que fue atendido por el "pañolero" quien le manifestó que no había registro, siendo que el "requisa" le dijo que lo había secuestrado "porque no estaba la tenencia Fecha de firma: 25/01/2024

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.A.S., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.F.G., SECRETARIA DE CAMARA

    ". Luego, en ocasión de la entrevista mantenida con personal del establecimiento carcelario -conforme al acta acompañada-, el nombrado decidió darle curso a la acción.

  3. Que seguidamente se agregó un informe elaborado por el Jefe de la División Control y Registro del Complejo V

    del que surge que el nombrado fue entrevistado tras la interposición de la acción y, en ese marco, el accionante adujo que en el procedimiento de registro e inspección llevado a cabo el pasado 10 de enero le secuestraron un cargador de su parlante portátil, no recordando marca ni modelo del mismo. Ante ello, se indicó que compulsados los registros de entrega de la Sección Pañol obraba una constancia de entrega de un cargador de color blanco, marca Cosmo, modelo KOS IA Micro, funcionando, “dado que ya contaba con un parlante para uso personal, en fecha 21/7/23

    ”, destacándose que el cargador registrado no coincidía con el reclamado por el interesado. En otro orden, se hizo saber que en el procedimiento de registro e inspección referido se secuestró un teléfono celular y un cargador -cuyas características de marca, color y modelo fueron detalladas y difieren del mencionado- que estaban ocultos dentro de un paquete de...

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