Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA, 11 de Septiembre de 2015, expediente FCR 012058/2015

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2015
EmisorCAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. FCR 12058/2015 “BENEFICIARIO: XXXXXX s/HABEAS CORPUS”

-Habeas Corpus-

modoro Rivadavia, 11 de septiembre de 2015.

AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: El presente habeas

corpus correctivo deducido por el detenido XXXXX XXXXX , venido en consulta en mérito

a la previsión contenida en el art. 10 de la Ley 23.098.

Que, conforme se desprende del presente legajo, el iniciante

se encuentra detenido en la Unidad 6 del SPF a disposición del Juzgado de Ejecución Penal

Nº 1 y cumpliendo la pena de 4 años y seis meses de prisión impuesta por el Tribunal Oral en

lo Criminal Nº 6 por ser autor penalmente responsable del delito de robo agravado por su

comisión en poblado y en banda, con fecha de vencimiento de la condena el 10/12/2016.

Ahora bien, conforme se desprende del escrito de inicio, el

detenido promueve la presente acción en virtud de la disminución de las horas de trabajo

mensuales.

Explica que los descuentos salariales se contraponen con las

disposiciones de la Ley 24.660 en cuanto a que el trabajo en contexto de encierro debe

respetarse y adecuarse a la legislación laboral.

Entiende que la disminución de la carga horaria ha generado

una afectación indebida e ilegal del salario, el cual no alcanza al mínimo, vital y móvil

previsto por la legislación laboral en los artículos 103 y 116 y destaca que su situación es

desigual respecto de los demás internos ya que no puede tener acceso a la totalidad del

sueldo. Cita antecedentes jurisprudenciales.

Que, a fs. 9 el solicitante fue escuchado por el Sr. Juez

Federal, refiriendo en tal ocasión que efectuaba tareas como “tachero” y “fajinero de patio”

por lo que percibía 200 horas mensuales.

Explicó que el 26/7, en ocasión en que se efectuaba requisa

en los tachos que no eran de su módulo, se halló marihuana; que por tal circunstancia fue

sancionado pese a su ajeneidad con el hecho y que, a raíz de ello, no le permitieron salir más

a trabajar, desempeñándose actualmente como fajinero del pabellón por lo que le abonan 93

horas.

Refiere que su pretensión es recuperar el trabajo anterior y

que lo trasladen a una Colonia, en lo posible a la unidad 15 de Río Gallegos o a la Unidad 14

de Esquel.

Que al respecto de esto último el Sr. Juez Federal dispone la

comunicación al Juez de Ejecución para su tratamiento mientras que en relación al habeas

corpus correctivo fundado en el recorte de las horas de trabajo resuelve su rechazo “in

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR