Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 13 de Mayo de 2020, expediente FPO 001744/2020/CA001

Fecha de Resolución13 de Mayo de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA DERECHOS HUMANOS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS

FPO 1744/2020/CA1

POSADAS, 13 de mayo de 2020.

Y VISTOS: El presente expediente, registro N° FPO

1744/2020/CA1 caratulado: “P.M. y otros s/ Habeas Corpus”

CONSIDERANDO: 1) Que las presentes actuaciones arriban

al conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del resolutorio

que luce incorporado a fs. 7/8 a tenor del cual la Magistrada de la

Instancia que antecede desestimo in limine el recurso de Habeas

Corpus formulado por P.M.N.; B.L.O.;

BILLALONGO M. Y; D.R.R.I.D.J.;

Q.M.P.; A.J.J.; V.J.L.;

Q.A.R.O.M.N.; ROMEO R. A.; ARRIOLA B.

C.; DOS SANTOS M. E.; G.A.D.O.;

E.G.R.; FLOR LUGO A.; ALFENONI L. R.;

BUKOSKI Y. F.; F. VERDUN Gomez; L.A.; ROMERO

SAMUDIO E. L.; B.J.L.; ROJAS A. A.; PUCHALSKI A.

M.; LIN SHIHUA; C.H.C.; ARANDA CACERES A.

Agustín; VERA A. A.; C.J., por no corresponderse el motivo

del reclamo con las condiciones de procedencia del recurso, conforme

artículo 10º, primer párrafo, de la ley 23.098, en función del art. 3. y

elevó en consulta conforme lo prevé el art. 10 de la Ley 23.098.

Asimismo, poner en conocimiento al Tribunal Oral en lo

Criminal Federal de Corrientes la presente resolución 2) Que, conforme consta a fs. 1/3 obra escrito remitido vía

correo electrónico por el Procurador Penitenciario de la Nación –

Delegación Posadas – el que ha sido, conforme lo allí manifestado,

suscripto por puño y letra de los internos condenados y procesados de

la Unidad Penitenciaria Federal SPP Nº I “Loreto”

El petitorio hace referencia a la situación de pandemia

Fecha de firma: 13/05/2020

Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA

Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA

Firmado(ante mi) por: DRA. M.C.R.B., Secretaria #34746542#258890054#20200511110020585

declarada por la Organización Mundial de la Salud, teniendo en

cuenta que la situación coloca en riesgo a toda la población carcelaria,

considerando que lo dispuesto a nivel Mundial, Nacional como así

también Provincial frente a esta crisis sanitaria fijándose el

aislamiento social, preventivo y obligatorio no encontrando eco

respecto a las cárceles, donde se genera un confinamiento intensivo en

espacios insalubres, sin ser puntual en aquellos agentes penitenciarios

que ingresan y egresan del establecimiento penitenciario y tienen

contacto con los internos del módulo federal, donde no se sabe si los

mismos cumplen con los recaudos necesarios de higiene, en el cual

dentro de este establecimiento no se cumplen como por ejemplo, el

lavado de las manos, uso de barbijos y guantes de latex y, por último

los metros correspondientes de distancia que un interno debería tener

con aquellos...

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