Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 14 de Mayo de 2020, expediente FRE 001532/2020/CA001

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

sistencia, a los quince días del mes de mayo del año dos mil veinte.

Y VISTOS:

Estos autos registro de Cámara N° FRE

1532/2020/CA1 caratulados “PAGNOTA ALMEIDA, JUAN JOSÉ

S/HÁBEAS CORPUS”, elevado en consulta en los términos del art. 10 de la ley 23.098; y CONSIDERANDO:

1) Que la Jueza del Juzgado Federal N° 1 de esta ciudad rechazó in límine la acción de hábeas corpus interpuesta por el interno de la Unidad Penitenciaria N° 7

–J.J.P.A.– y remitió los autos en consulta de conformidad con lo dispuesto en el art. 10 de la ley 23.098.

2) La misma fue interpuesta in forma pauperis por USO OFICIAL

el citado interno, siendo recibida de manera virtual en la judicatura de anterior instancia, donde fue radicada y notificada electrónicamente al Ministerio Público Fiscal y al Defensor Público Oficial.

Seguidamente, la Jueza a quo dispuso la realización de la audiencia de ley en la modalidad de videoconferencia, la que fue consentida por el presentante.

En la misma, P.A. ratificó lo expuesto en la presentación inicial y solicitó la disponibilidad del dinero del fondo de reserva ya que, en razón de la pandemia, no se están efectuando giros bancarios del mismo.

Agrega que efectuó la correspondiente autorización a una persona de su confianza para el retiro de cheque por ventanilla pero que, al no ser familiar directo, no se autorizó la entrega.

Además afirmó que, atento al faltante de tarjetas telefónicas, no puede comunicarse con sus familiares de Buenos Aires a quienes necesita enviarle el dinero disponible para ayudarlos económicamente.

Finalmente solicita la intervención del Defensor Fecha de firma: 14/05/2020 Oficial y la comunicación al Juzgado de Ejecución a cuyo Alta en sistema: 15/05/2020

Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CAMARA

Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

cargo se encuentra a fin de que el mismo resuelva el inconveniente detallado.

Concluida la audiencia, el Sr. Defensor Público Oficial solicita -mediante escrito digital- que se haga lugar a lo peticionado y se ponga en conocimiento del Juez de Ejecución Nº 1 de M. –a cuya disposición se encuentra P.A.– de lo resuelto, a los fines de que el Defensor efectúe las presentaciones pertinentes.

3)- En este marco, la Jueza decide rechazar...

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