Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 17 de Mayo de 2023, expediente FLP 052957/2022/CA001

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II

FLP 52957/2022/CA1

La Plata, 17 de mayo de 2023.

VISTO: El expediente registrado bajo el N° FLP

52957/2022, caratulado: “., M. y otros s/ habeas corpus”, proveniente del Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N°2 de Lomas de Zamora.

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. Llegan las actuaciones a la Alzada en virtud del recurso de apelación deducido a fs. 16 por la representante legal de Complejo Penitenciario Federal,

    Dra. L.C.B., contra la resolución de fs. 15 mediante la cual el juez de grado resolvió

    acoger favorablemente la presente acción de hábeas corpus.

    El recurso fue concedido a fs. 17.

  2. Las presentes actuaciones tienen su origen en la presentación efectuada por la Defensora Pública Oficial, Dra. J.C., en favor de los internos M.

    D. P. y C. J. P., quienes se encuentran alojados en el Módulo II de Pabellón B del Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, por considerar que existe un agravamiento en las condiciones de detención de sus pupilos debido a que no recibirían en tiempo y forma la medicación crónica que tienen prescripta para sus patologías (fs. 2).

    El magistrado interviniente dispuso la celebración de la audiencia prevista en el art. 9 de la Ley 23.098,

    le ordenó al Director del C.P.F. I que se les brinde atención médica a los amparistas, a fin de evaluar su estado de salud general, si padecen alguna afección,

    debiendo en caso de ser necesario proveerles la medicación correspondiente (fs. 3).

    En cumplimiento a lo ordenado, con fecha 1.12.22

    se recibieron los informes médicos solicitados, de los cuales surge que ambos amparistas fueron evaluados el día 30.11.22, en su lugar de alojamiento, por la Dra.

    L.C., quien informó que al momento de la consulta se encontraban en buen estado general, clínica y hemodinámicamente estables. Refirió que manifestaron Fecha de firma: 17/05/2023

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

    tener antecedente de pie izquierdo equino secuelar y solicitaron medicación analgésica (fs. 6).

    La audiencia prevista en el art. 9 de la Ley 23.098 se llevó a cabo el 2.12.22, oportunidad en la cual el interno C. P. ratificó la presentación efectuada por la defensora y manifestó que el día 1.12.22 le entregaron la medicación reclamada pero en menor cantidad a la que necesita. Refirió que tiene indicado omeprazol para la gastritis, vaselina líquida para las hemorroides y naproxeno para la artrosis,

    todos los días del mes y las cantidades que le entregan resultan insuficientes. También solicitó nuevos anteojos porque los que tenía se le rompieron y requirió que le informen fehacientemente la fecha y hora del turno otorgado en el Hospital Pirovano, el que ha sido solicitado por su juez (fs. 6).

    Finalizada la audiencia mencionada, el juez dispuso que el interno C. P. sea evaluado por un odontólogo y un oftalmólogo y que las autoridades penitenciarias informen si tenía indicada alguna medicación para sus afecciones, debiendo en su caso,

    remitir constancias de entrega de la misma.

    A su vez, a petición de la defensa de los accionantes, el día 16.2.23 se llevó a cabo una nueva audiencia a la que asistieron ambos internos. Allí, C.

    P. reiteró que padece hemorroides internas, gastritis y artrosis y señaló que la cantidad de medicación entregada por el servicio penitenciario le resulta insuficiente para todo el mes. También manifestó que le entregaron los lentes solicitados y reclamó la colocación de su prótesis dental.

    Por otra parte, a su turno tomó la palabra D. P.,

    quien refirió que tiene nueve impactos de bala, los cuales le dejaron secuelas en los riñones, los pulmones y los intestinos. A su vez, señaló que tiene una bala alojada en la columna y que le afecta el nervio ciático y por ese motivo se le indicó el suministro de pregabalina y tramadol, aunque destacó que la cantidad de medicación entregada le resulta insuficiente para Fecha de firma: 17/05/2023

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

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    FLP 52957/2022/CA1

    todo el mes. También manifestó que tiene que realizarse los estudios prequirúrgicos para su operación del tobillo, respecto de lo cual, le han otorgado turnos en hospitales extramuros pero el servicio penitenciario no lo traslada. Con respecto a los lentes, refirió que le han sido entregados.

    Finalmente, ambos internos señalaron que ante el Tribunal a cuya disposición se encuentran detenidos se encuentra en trámite un incidente de salud, en el que se hallan las constancias de todas las peticiones realizadas con relación a las cuestiones médicas.

    Con fecha 11.1.23, las autoridades penitenciarias enviaron el DEO N° 8374633, mediante el cual la Sección Farmacia del C.P.F. I informó que en sus registros no obran constancias de prescripción médica indicadas a los nombrados.

    Por otra parte, mediante DEO N° 8381830 de fecha 13.1.23 se remitió el informe odontológico, mediante el cual se comunicó que el día 22.12.22, el interno D. P.

    ha sido atendido en el Hospital Penitenciario Central I

    por el odontólogo H.C. y que se le ha realizado la impresión para prótesis parcial removible superior.

    A su vez, con fecha 17.1.23 mediante DEO N°

    8395786 se remitió un nuevo informe –IF 2022-139839878-

    APN-CPF1DMHPC1#SPF- confeccionado por el área de Farmacia del citado complejo, mediante el cual se informó que los internos C. J. y D. M. P., se encontraban recibiendo medicación para el tratamiento de sus patologías, indicándose los medicamentos y cantidades entregadas mensualmente.

    Por su parte, el magistrado interviniente dispuso poner en conocimiento de la defensa los informes remitidos (fs. 10).

    La Dra. Coma realizó una nueva presentación, en la cual expresó que de las constancias aportadas no surge fehacientemente que se hayan solucionado los reclamos efectuados por los amparistas, por lo cual solicitó que Fecha de firma: 17/05/2023

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

    se disponga la celebración de la audiencia prevista en el art. 14 de la Ley 23.098(fs. 11).

    Con fecha 22.2.23 se recibió un informe médico proveniente del H.P.C. I de Ezeiza, rubricado por el Dr. J.R., mediante el cual se puso en conocimiento que el interno D. P. ha sido atendido ese día por el Dr. J.R., médico de planta del H.P.C. I de Ezeiza. En el citado informe se indicó que “… el interno es evaluado en el día de la fecha en el módulo de alojamiento donde se encuentra alojado encontrándose lúcido, orientado en tiempo y espacio,

    Glasgow 15/15. Concurre a la consulta por sus propios medios, mediante utilización de muletas. R1 y R2 en cuatro focos, impresionan libres. Pulsos periféricos positivos. Sin edemas, ni signos de fallo de bomba,

    buena mecánica ventilatoria. Abdomen blando, sin defensa ni reacción peritoneal. Antecedentes de HPAF en columna con actual marcha en equino secuelar en RMN se observa edematización localizada sin lesión ósea ni de partes blandas por lo cual se espera resolución en extramuro (Informe Dr. Farías 09/02/23). Continúa con tratamiento analgésico por prescripción por TRAUMATOLOGIA.” (fs. 14).

  3. Durante los días 24 y 27 de febrero de 2023

    se celebró la audiencia prevista por el artículo 14 de la Ley 23.098, mediante el sistema de videoconferencia a la que comparecieron los internos C. J. P. y D. M.

    P., con la asistencia técnica de la Dra. A.C.V., Defensora Coadyuvante de la Defensoría Oficial N°

    1 de Lomas de Zamora; los representantes de las áreas médica y de farmacia y la Dra. L.B.,

    representante legal del Servicio Penitenciario Federal (fs. 24 y 27).

    Del acta de mención se desprende que en primer término hizo uso de la palabra el interno C. J. P.,

    quien refirió que su familia le envió tramadol y pregabalina, los que le han sido incautados por el área de requisa y derivados al área de farmacia, aclaró que esa medicación nunca le llegó.

    Fecha de firma: 17/05/2023

    Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.L.P., SECRETARIO DE CAMARA

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    FLP 52957/2022/CA1

    Seguidamente, se le cedió la palabra al representante del área médica, quien manifestó que el amparista tiene indicado omeprazol y se le entregan treinta comprimidos por mes y también se le entrega un aerosol para su afección respiratoria crónica, señaló

    que ello se entrega cuando es solicitado mediante audiencia. Con respecto a la artrosis, indicó que se le entregan tres comprimidos de tramadol por día, los cuales se le dan personalmente. Refirió que en cuanto a la vaselina líquida y a la loratadina –antialérgico- se le entregan cuando lo solicita en audiencia.

    Por otra parte, se informó que ambos amparistas tienen prescripta la medicación tramadol y pregabalina en forma mensual y que tienen programado un turno para el tratamiento del dolor en el Hospital Pirovano para el día 23.3.23.

    Con respecto al interno D. P., refirió que en su historia clínica no consta que haya una indicación médica de cirugía, sino que el traumatólogo F.,

    médico del H.P.C., le ordenó la realización de una resonancia en el tobillo, debido a que se le inflamaba e infectaba y del resultado del estudio no se vio lesión ósea ni otra circunstancia que requiera de intervención quirúrgica urgente.

    Con respecto a su problema de la columna, señaló

    que se le realizó una resonancia y que el traumatólogo del H.P.C. solicitó atención extramuros. También mencionó que tiene pendiente un turno para el día 6.3.23 para una resonancia de rodilla en el Hospital Fernández y que luego de la realización de ese estudio,

    se ordenará la atención con un...

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