Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 23 de Julio de 2020, expediente FGR 005009/2020

Fecha de Resolución23 de Julio de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 23 de julio de 2020.

VISTOS:

Estos autos caratulados “P., L.M. sobre habeas corpus” (Expte. Nº FGR 5009/2020), venidos del Juzgado Federal N°2 de Neuquén, Secretaría N°2; y,

CONSIDERANDO:

  1. Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10 de la ley 23.098, al declarar el juzgado de origen su incompetencia respecto de la presentación efectuada por el arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en el Complejo V –Senillosa- del Servicio Penitenciario Federal, en donde permanece alojado a exclusiva disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  2. Que en su presentación P. manifestó que interpuso la acción contra el Área de Criminología y contra el J. de esa división para que lo atiendan debido a que “los informes que fueron fundados en base de mentiras en el Módulo N°1 y por el cual se me negó la libertad condicional”,

    provocándole un gran daño a su situación como detenido.

    Agregó en esa dirección que si bien se hallaba calificado con puntajes 10 de Conducta y 5 de Concepto, encontrándose en fase de consolidación, desde el área de criminología “sacaron informes negativos”, todo lo cual resultaba contradictorio y, por ello, fue que su Jueza de Ejecución solicitó nuevos informes a las distintas áreas a partir de un recurso de casación que articuló su defensa. Luego, aclaró

    que desde el día 9 de noviembre de 2019 se encontraba en condiciones temporales de acceder al beneficio de libertad Fecha de firma: 23/07/2020

    Firmado por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA —1—

    condicional, que había ido condenado a la pena de tres años de prisión y que no poseía ninguna sanción disciplinaria en el año. Finalmente, solicitó que se diese intervención a su defensa y al MPF.

  3. Que se incorporó un Informe Técnico Criminológico respecto del nombrado, del que surge que se encuentra condenado por el TOF N°19 de CABA a la pena de tres años de prisión por ser autor de delito de robo en grado de tentativa y que se encuentra detenido a disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°2 de la CABA, así como que ingresó al CPF V de Senillosa el 11/8/2019 procedente del Complejo Federal I de la CABA, con calificaciones Ejemplar (10) en conducta y...

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