Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza - CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A, 28 de Julio de 2021, expediente FMZ 010707/2021
Fecha de Resolución | 28 de Julio de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - Sala A |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A
FMZ 10707/2021
Mendoza, de julio de 2021.
Y VISTOS: Los presentes autos n° FMZ 10707/2021/CA1
caratulados: “OLIVERA, J.A. s H.C.”, venidos del
Juzgado Federal n° 2 de S.J., a esta S. “A”, en virtud del recurso de
apelación impetrado en fecha 16/7/2021, por la defensa del interno Jorge
Antonio O., contra la resolución emitida por el Juzgado Federal de San
Juan N° 2, que resuelve en su parte pertinente: “1) DECLARAR
PARCIALMENTE PROCEDENTE la acción intentada por la defensa técnica
de J.A.O. y que, luego de devueltos los autos, el Sr.
Juez a quo confirmó su decisión en fecha 22/7/2021, resolviendo:
Habiéndose escuchado al solicitante conforme lo dispuesto por la Excma.
Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, y atendiendo al idéntico
contenido de sus manifestaciones con las obrantes a fs. 1, no estimo necesario
el dictado de una nueva resolución, debiendo estarse a los argumentos
vertidos en el resolutivo atacado (fs. 6/12).
.
Y CONSIDERANDO:
-
Que llega la presente causa a conocimiento de esta S. “A” como
consecuencia de haber sido elevada por el Inferior, en cumplimiento de las
previsiones de la ley 23.098, que regla el recurso de H.C..
Se inician con la acción de habeas corpus interpuesta por el interno
J.A.O., quien actualmente se encuentra bajo prisión
domiciliaria en la Provincia de Buenos Aires, partido de V.L. en el
marco de las causas: incidentes Nº FMZ 54004613/1976/TO2/44; FMZ
041001077/2011/TO01/118 y FMZ 041001077/2011/TO01/8.
-
Que el Juez de Grado en fecha 15/7/2021 resolvió : “I)
DECLARAR PARCIALMENTE PROCEDENTE la acción intentada por la
defensa técnica de J.A.O.; II) Ofíciese al Tribunal
Fecha de firma: 28/07/2021
Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.H.M., SECRETARIO DE CAMARA
Firmado por: G.C. DE DIOS, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J.I.P.C., JUEZ DE CAMARA
Oral en lo Federal y Criminal de S.J., a la Policía Federal y a
Gendarmería Nacional, a los fines dispuestos en autos; III) Ofíciese a la
Policía Federal – Delegación de San Isidro a fin que proceda a trasladar a
J.A.O., desde su domicilio sito en San Martín 1070 – Partido
de V.L. – prov. de Buenos Aires hacia el consultorio odontológico
sito en Haedo 3732 – Florida prov. de Buenos Aires, los días: 27/07/21 a las
18:30 horas, 10/08/21 a las 18:30 horas, 24/08/21 a las 18:00 horas,
07/09/21 a las 18:00 horas, 21/09/21 a las 18:00 horas, 05/10/21 a las 18:00
horas y el 19/10/21 a las 18:00 horas; IV) Ofíciese a Gendarmería Nacional
Argentina a fin que proceda a trasladar a J.A.O., desde su
domicilio sito en San Martín 1070 – Partido de V.L. – prov. de
Buenos Aires hacia el Hospital Militar Central sito en Av. Luis María
Campos 726 – C.A.B.A. – Servicio de Cardiología el día 27/07/21 a las 10:00
horas.”
-
Que en fecha 16/7/2021, la defensa del interno incoa recurso de
apelación contra la resolución emitida por el a quo transcripta ut supra,
señalando que se sustenta en dos agravios.
El primero de ellos, de naturaleza formal ya que no se cumplió con el
proceso establecido en la ley 23098.
Alega que se omitió dar cumplimiento a la totalidad de las exigencias
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