Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 11 de Abril de 2019, expediente FCT 002588/2019/CA001

Fecha de Resolución11 de Abril de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORRIENTES

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES FCT 2588/2019/CA1 Corrientes, once de abril de dos mil diecinueve.

Visto: las actuaciones en caratuladas “L., Carlos

Martin S/Habeas Corpus”, Expte. Nº FCT 2588/2019 del registro de este

Tribunal, provenientes del Juzgado Federal de Paso de los Libres, Corrientes:

Considerando:

Que estos obrados ingresan a esta Alzada en función

de lo dispuesto en el segundo párrafo del art. 10 de la ley 23.098, en virtud de

que la Juez a quo resolvió rechazar in limine la acción de Habeas Corpus

interpuesta in forma pauperis por el detenido C..

La defensa oficial se presenta y sostiene que L. en

la entrevista personal que mantuvieron, manifestó su deseo de entrevistarse

de manera personal ante el Juez para expresar directamente las causas de su

presentación. Asimismo afirmó que el motivo de la acción de habeas corpus

es su deseo de ser trasladado a una unidad del Servicio Penitenciario Federal,

debido a que tiene miedo por su integridad física, dado a que está detenido

con reclusos que se encuentran imputados y procesados por delitos como

robo, homicidio, etc.

Seguidamente se corre vista al F., quien en

lo esencial manifiesta que el habeas corpus no es la vía adecuada para

canalizar pedidos de traslado a otros lugares de detención.

Finalmente el magistrado se expidió acerca de la

cuestión, alegando que existirían numerosos pronunciamientos sobre la

improcedencia de la acción de habeas corpus como vía procesal idónea para

tratar pedidos de traslado de detenidos, citando alguno de ellos. Remarcó

además que L. interpuso otra acción de habeas corpus, la cual no se hizo

lugar y se comunicó al Tribunal Oral de esta ciudad.

El instructor sostuvo en el caso que aquí se trata, que

surge con claridad el motivo de la interposición de la acción por parte de

L., siendo su deseo de ser trasladado por razones de seguridad (sin referirse

a una situación concreta), dado el temor que le genera compartir el encierro

con otras personas procesadas por delitos comunes. Afirmó además que el

accionante se encuentra detenido en la Unidad Nº 11 del Servicio

Penitenciario Provincial, justamente porque se tuvo en cuenta sus quejas

Fecha de firma: 11/04/2019 Alta en sistema: 12/04/2019 Firmado por: R.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: SELVA A.S., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: C.O.G. DE TERRILE, SECRETARIA DE CAMARA #33395032#231817349#20190411115859736 respecto al lugar donde anteriormente se encontraba alojado –Escuadrón...

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