Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 12 de Abril de 2023, expediente FRO 010365/2023/CA001

Fecha de Resolución12 de Abril de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 10365/2023/CA1

Visto, en Acuerdo de la Sala “A”

integrada, el expediente nro FRO 10365/2023/CA1 caratulado:

BENEFICIARIO: LANDOLFI, M.G. s/ habeas corpus

(originario del Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de San Nicolás), del que resulta:

Mediante resolución dictada en el día de la fecha, miércoles 12 de abril de 2023, el titular del Juzgado Federal Nº 2 de San Nicolás, Dr. C.V.R. declaró la incompetencia en razón del territorio para entender en el presente hábeas corpus y ordenó su urgente remisión al magistrado a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Nº 3 de Morón (Provincia de Buenos Aires). Además, dado que el detenido se encuentra a su disposición, ordenó se libraran oficios: 1) al Jefe del Complejo Penitenciario II de M.P. dependiente del Servicio Penitenciario Federal a fin de solicitarle que,

con carácter de urgente, el detenido M.G.L. sea atendido nuevamente por un galeno y se informe a esa sede judicial su actual estado de salud, ello con el objeto de resguardar la integridad física del nombrado y 2) a la Unidad Penitenciaria Nº 3 de San Nicolás a fin de que, con carácter urgente, se otorgara un cupo para el encartado.

Elevó el expediente en consulta a esta Cámara (art. 10 ley 23098).

Al fundar su decisión el Magistrado consideró que el acto denunciado como lesivo –hematomas-

habría sido advertido por el médico de Guardia del Complejo Penitenciario Federal II de M.P. durante el procedimiento de admisión a esa unidad penal de ingreso,

derivado del Centro Federal de Detención nº 28 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ambas dependientes del Servicio Penitenciario Federal, lugar que se encuentra fuera de la Fecha de firma: 12/04/2023

Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA 1

Firmado por: I.F.M., SECRETARIO DE JUZGADO

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A

FRO 10365/2023/CA1

jurisdicción territorial de ese Juzgado. No obstante ello,

por cuestiones de acercamiento familiar solicitadas por la defensa y debido a que el detenido residía en la ciudad de San Nicolás requirió a la Unidad Penitenciaria Nº 3 de esa ciudad que otorgue un cupo para el detenido M.G.L..

Narró la presentante (Dra. Y.G.,

que se habría agravado las condiciones de detención de su asistido. Refirió que al realizarse el procedimiento de admisión en el Complejo Penitenciario Federal Nº 2 de M.P., en la revisación médica correspondiente, se habrían constatado hematomas y escoriaciones evolucionadas, que su pupilo tendría temor a represalias, a sufrir nuevas conductas violentas, amenazado y hasta correría riesgo “extremo su humanidad”.

Agregó que su traslado le...

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