Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 19 de Agosto de 2020, expediente FGR 005705/2020

Fecha de Resolución19 de Agosto de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 19 de agosto de 2020.

VISTOS:

Estos autos caratulados “A., L.A. sobre habeas corpus” (Expte. Nº FGR 5705/2020), venidos del Juzgado Federal N°2 de Neuquén, Secretaría N°1; y,

CONSIDERANDO:

  1. Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10

    de la ley 23.098, al rechazar por un lado y declarar su incompetencia, por otro, el Juzgado Federal mencionado la acción presentada por el arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en el Complejo V –Senillosa- del Servicio Penitenciario Federal, en donde permanece alojado a disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  2. Que en su presentación A. manifestó que interpuso la acción contra los actos de la autoridad administrativa de la ejecución de la pena, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos -Servicio Penitenciario Federal-, porque su juzgado de ejecución le había solicitado al Director del Complejo V ya en el año 2019

    si era posible que él comprase “arroz por cantina”, sin embargo ese día le informaron “que no me traerán más arroz”,

    pese a que les explicó todos los trámites que había hecho para poder obtener dicho alimento desde la proveeduría y destacó además que guardaba todos los comprobantes. En otra dirección, hizo alusión a que no tenía sanciones, que sus calificaciones de concepto y conducta habían subido e indicó

    que “no se comprende la cancelación injustificada”. Solicitó

    ser asistido técnicamente por un defensor en turno y que se Fecha de firma: 19/08/2020

    Firmado por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA —1—

    comunicase todo lo actuado a su defensoría y a su juzgado de ejecución, para lo cual proporcionó un número telefónico.

  3. Que se agregó un informe administrativo del que surge que el nombrado fue atendido en audiencia personal tras la interposición de la acción, ocasión en la que expresó

    su intención de realizar un reclamo hacía el área de proveeduría por un faltante en su pedido del pasado 12 de agosto. Frente a ello se informó que el nombrado requirió a la empresa “M.C. representaciones y servicios SAS” el artículo “arroz”, pero que no realizó ni requirió

    autorización para su ingreso a la División de Seguridad Interna.

  4. Que, frente a ello, el a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR