Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 29 de Junio de 2017, expediente FLP 001392/2016/CA001

Fecha de Resolución29 de Junio de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 1392/2016/CA1 La Plata 29 de junio de 2017.-

Y VISTO: Este expediente FLP 1392/2016/CA1, (Reg. Int. N° 8858), caratulado: “R A, F A s/ habeas corpus”, proveniente del Juzgado Federal N° 1 de Lomas de Z., Secretaría Penal N° 1.

CONSIDERANDO:

  1. Llegan estas actuaciones a la Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto a fs.

    1022, cuyo memorial fue presentado a fs. 1032/1037 por el Dr. U.W.C., en carácter de representante legal del Servicio Penitenciario Federal de Ezeiza, contra la resolución de fs. 1008/1021, mediante la cual el juez de grado resolvió hacer lugar el habeas corpus a favor de los internos alojados en el Complejo Penitenciario Federal de Ezeiza.

    El recurso fue concedido a fs. 1023.

  2. El presente legajo tiene su origen a raíz de la presentación efectuada por el interno D A D, alojado en el Complejo Penitenciario Federal I, agraviándose que en el Complejo se le estaba otorgando la comida en mal estado, entre otras cuestiones.

    El a quo, con el objeto de determinar la calidad y el estado de la comida cuestionada, dispuso que la División Criminalística de la Gendarmería Nacional Argentina proceda al secuestro de una de las viandas asignadas al interno D D, con el propósito de remitirla a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología (A.N.M.A.T.) a los fines de que sean periciadas para determinar si dichos alimentos eran aptos para el consumo humano obteniendo como resultado que las muestras analizas cumplían con las especificaciones microbiológicas del Código Alimentario Argentino (ver fs. 215/245).

    Sin embargo, luego de la presentación antes mencionada, hubo un cúmulo de presentaciones individuales por distintos internos alojados en la misma unidad, y en consideración especial al resultado de uno de los peritajes ordenados en el marco del Fecha de firma: 29/06/2017 Alta en sistema: 12/07/2017 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #28016345#182595142#20170630095946534 expediente FLP 42557/2016, el magistrado dispuso la acumulación al presente de los siguientes expedientes:

    (FLP 16684/2016, FLP 42557/2016, FLP 54784/2016, FLP 384/2017, FLP 1326/2017 y FLP 811/2017), dándole carácter colectivo a la acción, en virtud de la gravedad de la problemática traída a conocimiento del juzgado, esto es la calidad y la cantidad deficiente de los alimentos proporcionados a los internos.

    En este sentido, es importante destacar cuales fueron los resultados de las pericias ordenadas por el a quo, mereciendo una destacada importancia el informe obrante a fojas 215/245, llevado a cabo por la A.N.M.A.T., respecto de una nueva vianda secuestrada, del que surge que las muestras analizadas “No cumplen con las especificaciones de artículo 156 tris del Código Alimentario Argentino por superar los límites establecidos para recuento de Escherichia coli”.

    Resultando una muestra no apta para consumo (ver fs.389/413).

    De igual manera, obra a fojas 669/736 copia del Boletín Publico Normativo Nº 263, aprobado mediante Resolución 1817/2007 de la Sección Nutrición Dirección de Sanidad, copia del Expediente 161.157/2015, que corren bajo registro CUDAP 47.138/2015, el cual se encuentra incorporado al Expediente CUDAP 47.136/2015 (fojas 737/740); copia de los Expedientes CUDAP: 57121/2015 y S04:0047138/2015 para la adquisición de camiones para transporte de alimentos (fojas 741/813) e informe técnico elaborado por la Sección Mantenimiento del Complejo Penitenciario Federal I para la remodelación de la cocina central (fojas 814/815).

    Por otra parte, se encuentra glosado a fojas 962/976 el informe elaborado por A.N.M.A.T. relativo a la Auditoria de Diagnóstico en la cocina del Complejo Penitenciario Federal I, realizado en las instalaciones del citado establecimiento carcelario, con las respectivas recomendaciones efectuadas por los especialistas de dicho organismo.

    Fecha de firma: 29/06/2017 Alta en sistema: 12/07/2017 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #28016345#182595142#20170630095946534 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 1392/2016/CA1

  3. Recibida la documentación solicitada, el a quo dispuso la audiencia del art. 14 de la ley 23.098, de la cual participaron el interno V.H.L. en representación de los internos alojados en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, asistido por la Dra. G.M., Defensora Pública a cargo de la Defensoría Oficial Nº 2 de Lomas de Zamora; el Sr. J.P.M., J. de la División Abastecimiento de la unidad; la Licenciada en N.V.S.F. quien se desempeña en dicho establecimiento; el Dr. U.W.C., representante legal del Complejo; las Dras. M. delS.A. y D.S.A. por la Procuración Penitenciaria de la Nación; los Dres. G.A.T. y J.M.R.A. en representación de la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación y el Dr. C.V.P., en representación de la Procuraduría de Violencia Institucional del Ministerio Publico Fiscal.

    En dicha oportunidad, el amparista L. manifestó tener conocimiento de que todos los internos alojados en el Complejo Penitenciario de Ezeiza tienen problemas con la comida y con las dietas que le suministra el establecimiento carcelario, textualmente manifestó:”…que la comida es incomible, son todos huesos pelados, papas crudas, no se puede comer, sacamos lo que podemos de ahí para cocinar otras cosas…”. Preguntado por el Dr. Cappilleri a través del tribunal, para que diga si recuerda algún episodio masivo de internos con problemas que puedan vincularse con el consumo de alimentos que se entrega en la unidad, respondió que en el año 2001 hubo varios internos que se enfermaron, pero que en ese momento estaba privatizado el servicio, que la comida venia de otro lado no del penal.

    Cedida la palabra...

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