Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA PENAL, 26 de Septiembre de 2023, expediente FPA 008315/2023/CA001

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 8315/2023/CA1

Paraná, 26 de septiembre de 2023.

Y VISTO, en Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por el Dr. M.J.B., P., y la Dra.

C.G.G., V.; (tercer vocal en uso de licencia –art. 109 del RJN-); el Expte.

FPA 8315/2023/CA1 caratulado: “FERREYRA, R.O.;

TOLOSA, D.T.; M.R., MILTON

FERNANDO; TOLOSA, R.G.S.H.C.,

proveniente del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, y;

DEL QUE RESULTA:

El Dr. M.J.B., dijo:

Que, los mismos son traídos a consideración del Tribunal en virtud de lo dispuesto en el segundo párrafo del art. 10 de la ley 23.098,

en consulta, ante la desestimación de la acción de hábeas corpus en favor de R.O.F.,

T.D.T., M.F.M.R. y R.G.T., de conformidad a los fundamentos allí vertidos y a lo dispuesto en el art. 3 de la Ley N° 23.098.

Que, radicadas las actuaciones ante esta Alzada, se da noticia a la Fiscalía General;

quedando los autos en estado de resolver.

Fecha de firma: 26/09/2023

Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: OLANO ANDRES PUSKOVIC, SECRETARIO DE CAMARA 1

Y CONSIDERANDO:

I-

  1. Que, estos actuados se inician en fecha 22/06/2023, con la presentación realizada por parte del Dr. Adet Figueroa ante el Juzgado Federal de Concepción del Uruguay en favor de R.O.F., T.D.T., M.F.M.R. y R.G.T., a los fines de interponer “Acción de Habeas Corpus correctivo en contra del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, Autoridad Pública Perteneciente dependiente del Poder Ejecutivo Nacional… que ante la no respuesta ni tramitación en tiempo oportuno de la generación de cupo y/o traslado de unidad carcelaria hacia algún establecimiento sito en la provincia de Salta por imperioso acercamiento familiar de los nombrados…,

    entendiendo que ello implica un agravamiento ilegítimo a las condiciones de detención…

    incurriendo en una conducta lesiva a la dignidad de los nombrados… a efectos del traslado y alojamiento de forma permanente de mis representados en el Complejo NOA III de la localidad de G.. Güemes,

    Salta”, por lo que solicitó que se haga lugar al planteo conforme el art. 43 de la CN, declarando arbitraria e ilegítima la falta de traslado de Establecimiento Penitenciario llevado a cargo por el Fecha de firma: 26/09/2023

    Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: OLANO ANDRES PUSKOVIC, SECRETARIO DE CAMARA 2

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

    FPA 8315/2023/CA1

    Servicio Penitenciario Federal en perjuicio de sus representados.

  2. En virtud de ello el Magistrado a-quo,

    Dr. Seró, por decreto de fecha 22/09/2023 –cfr. fs.

    5- tuvo por presentado al Dr. M.S.A.F., abogado defensor de los nombrados; y dispuso que “Sin perjuicio de la audiencia prevista por el art. 14 de la Ley 23.098, encontrándose debidamente expresado el libelo promocional del presente los argumentos vertidos por el Dr. Adet Figueroa, habré de prescindir de la realización de la misma” y dispuso el libramiento de Oficios al Servicio Penitenciario Federal y al Complejo Penitenciario Federal III “Güemes” (ambos de la localidad de Salta capital) a los fines de que informen si cuentan con cupo para el traslado y alojamiento de los detenidos.

  3. Que, una vez cumplimentados dichos pedidos y contestados los informes requeridos, el Magistrado a-quo, en fecha 23/09/2023 desestimó la acción de Hábeas Corpus en favor de R.O.F., T.D.T., M.F.M.R. y R.G.T., de conformidad a lo dispuesto en el art. 3 de la Ley N° 23.098; y Fecha de firma: 26/09/2023

    Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: OLANO ANDRES PUSKOVIC, SECRETARIO DE CAMARA 3

    dispuso la elevación en consulta a esta Cámara –art.

    10, segundo párrafo, de la mencionada ley-.

    Para así decidir indicó en primer lugar lo informado por dicha autoridad, en cuanto que “no cuentan con plazas operativas disponibles, estas situaciones son circunstanciales y transitorias que se producen en forma periódica cuando se cubren los cupos de alojamiento de los establecimientos penitenciariarios, situaciones asimismo que se van subsanando en la medida que se generan egresos de internos de los mismos” … “En este orden, se pone en conocimiento que en la fecha tenemos 2600

    solicitudes de cupo de ingreso de las diferentes magistraturas de la justicia nacional, federal,

    contravencional y de faltas, a la espera de ingreso a la órbita de este Servicio Penitenciario Federal”;

    y que “ya...

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