Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL, 23 de Diciembre de 2023, expediente FRO 032113/2023/CA001

Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA AVisto, en Acuerdo de la Sala “A”integrada, el expediente n° FRO 32113/2023/CA1 caratulado: ”BENEFICIARIO: DETENIDOS ALOJADOS EN DELEGACION DE PFA Y OTROs/HABEAS CORPUS" (originario del Juzgado Federal Nº 4 de la ciudad de Rosario), del que resulta que:El Dr. Fernando Lorenzo Barbará dijo:Vinieron las presentes actuaciones a decisión de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por los apoderados del Servicio Penitenciario Federal, Dres. Joaquín González y Mara Alihuen Puski, contra la resolución de fecha 22 de diciembre de 2023 que hizo lugar a la acción de habeas corpus correctivo interpuesto por la Defensoría Pública Oficial N° 1 de esta ciudad.Los recurrentes indicaron que la resolución recurrida les causa un gravamen irreparable, que adolece de vicios que impedirían convalidarla como un acto jurisdiccional válido.Invocaron que no se habría realizado la audiencia prevista por el artículo 14 de la Ley 23.098, ni se le habría dado al Servicio Penitenciario Federal la posibilidad de expresar los fundamentos acerca de la viabilidad o no del traslado pretendido y de ejercer su derecho de defensa en juicio.Se refirieron a la situación crítica que actualmente estaría atravesando el Servicio Penitenciario Federal en materia de disponibilidad de plazas de alojamiento.Relataron la serie de recaudos que deben adoptarse para lograr el alojamiento de los detenidos en dependencias del Servicio Penitenciario Federal (evaluación del perfil criminológico del detenido, tipo de establecimiento que reúna las condiciones edilicias y de seguridad acordes a aquel, etc.), entendiendo que todas Fecha de firma: 23/12/2023Alta en sistema: 24/12/2023Firmado por: ANIBAL PINEDA, JUEZ DE CÁMARAFirmado por: FERNANDO LORENZO BARBARÁ, JUEZ DE CAMARAFirmado por: SILVINA MARIA ANDALAF CASIELLO, JUEZA DE CAMARAFirmado por: ISABEL FABIOLA MONTESINOS, SECRETARIA DE JUZGADO#38563568#396820143#20231224191900152estas cuestiones podrían haber sido expuestas en la celebración de la audiencia normada por el artículo 14 de la ley 23.098 si se hubiera convocado a esa autoridad penitenciaria.Refirieron que el ingreso rápido y expedito en el contexto crítico y de emergencia que atravesaría el organismo penitenciario vinculado a la escasa disponibilidad de las plazas de alojamiento y la sostenida demanda de ingreso al sistema carcelario que existiría en la actualidad, impediría -al menos por el momento- el cumplimiento del...

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