Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 15 de Noviembre de 2017, expediente FSA 017417/2017/CA001

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PENAL 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I FSA 17417/2017/CA1 Salta, 15 de noviembre de 2017.

Y VISTA:

Esta causa n° 17417/2017/CA1 caratulada:

C.F.A.; B.M., A.C. y C., D.A. s/ habeas corpus

con trámite iniciado en el Juzgado Federal n° 1 de Jujuy, y RESULTANDO:

1) Que se elevan las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la Defensa Oficial de A.C.B.M. y D.A.C. en contra de la resolución de fs. 70/73 y vta. por la que rechazó la acción de habeas corpus mediante la cual los nombrados objetaron que la administración penitenciaria disminuyera sus horas de trabajo de 8 a 7 por día, lo que indicaron repercute negativamente en su peculio (cfr. actas de fs. 22 y 36 y audiencia de fs. 39/41).

La defensa se agravia porque la resolución carece de la fundamentación suficiente, en tanto el Juez solo se pronunció por la situación de un tercer accionante (Cruz, F.A., sin explicar por qué consideró que las condiciones de detención de los otros dos, B.M. y C., no se encontraban agravadas (fs. 75/77 y vta.), a pesar de que también estos cuestionaron la disminución de la carga horaria laboral.

En esta instancia sostuvo que la situación laboral de las personas detenidas debe ser equiparada al trabajo extramuros (fs. 80/82).

Fecha de firma: 15/11/2017 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: A.A.C. Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: M.I.D.S. #30471178#193746296#20171115103333434 2) Que el F. General S. sostiene que en la resolución en crisis el J. se remitió al dictamen del Ministerio Público Fiscal de fs. 68/69 para rechazar la acción interpuesta por B.M. y C., por lo que entiende que sí se encuentra fundado su decisorio.

Con relación al fondo del planteo, manifiesta que la disminución de una hora de la jornada laboral no constituye un agravamiento en las condiciones de detención a la luz de lo informado por el Servicio Penitenciario Federal, en el sentido de que la cantidad de horas laborales -y su consecuente aumento o disminución- depende de las necesidades de los distintos talleres de trabajo.

  1. A) Que esta causa se inició con la interposición de una acción de habeas corpus por parte de tres internos alojados en la Unidad nº 8 de Jujuy que reclamaban por la disminución de horas de trabajo que se había operado en el período agosto – septiembre del corriente año.

El 22/9/17 se realizó la audiencia prevista en el art. 14 de la ley 23.098, en donde los internos B.M. y C. reiteraron su reclamo y, en el caso de F.A.C., la Defensa Oficial hizo saber que existía una incompatibilidad entre horarios de educación y trabajo, por lo que debía aplicarse el criterio de esta Sala I en el precedente “Luna”

(23/2/17).

Al respecto, el S.P.F replicó que “el aumento o disminución de las horas de trabajo en muchos casos se deben a la mayor o menor necesidad laboral que se tenga, pero de ninguna Fecha de firma: 15/11/2017 Firmado por: L.R.R.B. Firmado por: A.A.C. Firmado por: ERNESTO SOLA Firmado(ante mi) por: M.I.D.S. #30471178#193746296#20171115103333434 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA -...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR