Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL, 10 de Agosto de 2017, expediente FLP 045403/2017/CA001

Fecha de Resolución10 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA II FLP 45403/2017/CA1 La Plata, 10 de agosto de 2017.-

Y VISTO: Este expediente FLP 45403/2017/CA1, (Reg. Int. N° 9080), caratulado: “B.,

V.A. s/ habeas corpus”, proveniente del Juzgado Federal N° 2 de Lomas de Z., Secretaría Penal N° 4.

CONSIDERANDO:

  1. Llegan estas actuaciones a la Alzada en virtud del recurso de reposición con apelación en subsidio, interpuesto a fs. 19/20 por el Dr. A.S. a cargo de la Defensoría Oficial N° 1, de Lomas de Z., en representación de

    V.A.B., contra la resolución de fs. 18, mediante la cual el juez de grado resolvió archivar la causa.

    El recurso de reposición fue denegado y concedido el de apelación a fs. 34.

  2. El presente legajo tiene su origen a raíz de la presentación efectuada por la Defensora Oficial Dr. Julia Emilia Coma, en representación de la interna

    V.A.B., alojada en el Módulo II, Pabellón 15 del Complejo Penitenciario Federal IV de Ezeiza, mediante la cuál interpuso acción de habeas corpus, por entender que se encuentran agravadas las condiciones de detención, debido a las heridas sufridas en todo el cuerpo a causa de una golpiza propinada por la Jefa de Guardia.

    Asimismo agregó en dicha presentación, que cada vez que la Jefa de Guardia en cuestión esta de servicio la interna recibe amenazas.

    Por otra parte también se agravió, dado que el Tribunal Oral N° 11 de C.A.B.A., a cuya disposición se encuentra la detenida, autorizó a B. el traslado al Hospital Muñiz a visitar a su madre enferma de HIV, sin embargo las autoridades del Servicio Penitenciario Federal no han hecho efectivo dicho traslado.

    Recibida la causa en primera instancia, el magistrado dispuso que se traslade a la interna a la Sede del Cuerpo Médico Forense de la Justicia Nacional, a fin de que se le practique un amplio examen médico, con el objeto de determinar si Barraza Fecha de firma: 10/08/2017 Alta en sistema: 16/08/2017 Firmado por: CESAR ALVAREZ, JUEZ DE CAMARA Firmado por: O.A.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA INTEGRANTE Firmado(ante mi) por: A.S.L.P., SECRETARIO FEDERAL #30014588#185078625#20170811091817848 presentaba lesiones, y en caso de ser así, que se informe si estas obedecen a una autoagresión o a intervención de terceros.

    Ahora bien, recibidas las actuaciones por e-

    mail en el Juzgado, resulta que la interna B. se ha negado a concurrir al Cuerpo Médico Forense y a ser incorporada al Programa de protección para las Personas en...

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