Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 5 de Diciembre de 2016, expediente FSA 017097/2016/CA001

Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II FSA 17097/2016/CA1 ta, 05 de diciembre de 2016 Y VISTA:

Esta causa N° FSA 17097/2016/CA1 “ARANCIBIA SANABRIA, EDGARDO MARCOS S/

HABEAS CORPUS”, con trámite en el Juzgado Federal N° 2 de Jujuy y RESULTANDO:

Que se elevan las presentes actuaciones a consideración del Tribunal en virtud de lo establecido en el art. 10 de la ley 23.098.

CONSIDERANDO.

Que por los fundamentos expuestos por el a quo, cuyos términos se comparten y a los cuales cabe remitir por razones de brevedad, corresponde confirmar el auto de fs. 17 y vta.

en cuanto rechazó in límine la acción de habeas corpus, por cuanto los hechos informados a fs. 1 por E.M.A.S. respecto a los inconvenientes que dijo tener en el Taller de Capacitación Laboral “Instalaciones Eléctricas Domiciliarias” al que asiste, cotejados con los informes agregados a 3/13 y vta., no se ajustan a la causal prevista en el inc. 2 del art. 3° de la ley 23.098.

Por lo expuesto, se RESUELVE:

Fecha de firma: 06/12/2016 Firmado por: G.F.E. JUEZ DE CAMARA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: SEBASTIAN KLIX, SECRETARIO DE CAMARA #29096884#168409857#20161206120339073

  1. CONFIRMAR lo resuelto a fs. 17 y vta. en todas sus partes.

  2. DEVOLVER las presentes actuaciones al Juzgado de origen.

REGÍSTRESE...

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